Actos del notario por si y ante si.

17 Dic 2011 03:17 #1 por ltiziano
Actos del notario por si y ante si. Publicado por ltiziano
Hola buenas noches, tengo varias preguntas de derecho notarial. Espero que me puedan ayudar.

1. Alguien podria enumerar algunos ejemplos de instrumentos que el notario podria realizar por si y ante si, aparte del testamento y poderes que menciona el Art. 9 de la Ley de Notariado.
Ejemplos de actos del notario en el que el solo se obliga?

2. Puede un notario redactar poderes a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con base al inc 2do. de la ley del notariado.

3. Un notario podria hacer una escritura de compraventa de su propia casa, carro, etc. es decir, comparecer como comprador o vendedor, en una documento elaborado por si mismo.
El siguiente usuario dijo gracias: AbogadoAsesor

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

17 Dic 2011 03:52 #2 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: Actos del notario por si y ante si.
Bueno colega un ejemplo que te puedo dar:

En las Diligencias de jurisdicción voluntaria, cuando se presenta una persona solicitando para el caso RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, las resoluciones que pondrá el notario serán ANTE SÍ Y POR SÍ.-
Incluyendo la resolución final.-

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

17 Dic 2011 06:40 #3 por RUBI ALEXANDRA
Respuesta de RUBI ALEXANDRA sobre el tema Re: Actos del notario por si y ante si.
Hola colega, cuando un Notario otorga actos ANTE MÍ Y POR MÍ es cuando protocolíza los actos realizados yo te recomiendo leas DERECHO Y PRACTICA NOTARIAL del autor Luis Vásquez si no me equivoco este te aclarará las dudas mejor que yo, y en cuanto al otorgamiento de las escrituras del notario por sí mismo eso no es así, el notario sí puede hacer su propio testamento, pero no el de su familia y si puede realizar poder a su favor donde el obligado sea solo el.- en fin te recomiendo leas e interpretes el artículo 9 de la Ley del Notariado si la tienes comentada mucho que mejor.- espero no haberte confundido mas, cuidate colega y que Dios te ilumine.-Roxana.-

EL CIELO ES EL LIMITE

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

18 Dic 2011 06:42 #4 por Ugo_Rocco
Respuesta de Ugo_Rocco sobre el tema Re: Actos del notario por si y ante si.
la misma ley en su artículo 9 prohíbe a los notarios autorizar instrumentos en que resulte o pueda resultar algún provecho directo para ellos mismos o para sus parientes dentro del cuarto grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad, o a su cónyuge. en el primer caso que expresas deberá tenerse en cuenta si de esos poderes surgirá o no lucro para si o para sus parientes. en el segundo mi respuesta es que no podría porque hay lucro para el.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

28 Feb 2013 02:05 #5 por Fran Omar
Respuesta de Fran Omar sobre el tema Re: Actos del notario por si y ante si.
Con respecto al mismo tema de la actuación del notario de por Mi y Ante Mi, en este caso ¿tiene aplicación el principio de rogación?

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

28 Feb 2013 03:57 #6 por Opinión
Respuesta de Opinión sobre el tema Re: Actos del notario por si y ante si.
Estimado colega, el principio de rogación tiene lugar en las diligencias de jurisdicción voluntaria. Cuando el usuario llega ante el notario a exponerle el caso, el primer acto es levantar un acta donde se consigna la petición, (la cual precisamente se basa en dicho principio). Posteriormente el procedimiento llevado ante notario suele seguir de oficio.


Otro documento que puede otorgar el notario ante si y por sí, son los instrumentos de aclaración, es decir, cuando se ha cometido algún error y bueno, el notario elabora una nueva escritura donde describe el error y lo corrige. De ellos habla la Ley de Procedimientos Uniformes para la presentación ......... en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Comercio y Propidad Intelectual.

Saludos.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

01 Mar 2013 16:11 - 01 Mar 2013 16:11 #7 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: Actos del notario por si y ante si.

ltiziano escribió: Hola buenas noches, tengo varias preguntas de derecho notarial. Espero que me puedan ayudar.

1. Alguien podria enumerar algunos ejemplos de instrumentos que el notario podria realizar por si y ante si, aparte del testamento y poderes que menciona el Art. 9 de la Ley de Notariado.
Ejemplos de actos del notario en el que el solo se obliga?

2. Puede un notario redactar poderes a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con base al inc 2do. de la ley del notariado.

3. Un notario podria hacer una escritura de compraventa de su propia casa, carro, etc. es decir, comparecer como comprador o vendedor, en una documento elaborado por si mismo.


COMENTARIO... Ln.- Art. 9.-
Se prohibe especialmente a los Notarios, autorizar instrumentos en que resulte o pueda resultar algún provecho directo para ellos mismos o para sus parientes dentro del cuarto grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad, o a su cónyuge; pero podrán otorgar por si y ante si su testamento, llenando, para este caso, formalidades requeridas por la ley; Podrán asimismo'por si y ante si conferir poderes, hacer sustituciones de los poderes otorgados a su favor, en la forma que indica el Art. 110 Pr.,
cancelar obligaciones contraidas a favor de ellos o autorizar los demás actos en que
ellos solos se obligan.
También podrán autorizarlos instrumentos que otorguen sus parientes dentro del cuarto grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad, o su cónyuge, en los casos a que se refiere la parte final del inciso anterior excepto el testamento.
La violación a lo preceptuado en este articulo producirá la nulidad del instrumento. (2)
Comentario:
Este artículo regula una prohibición cuya especialidad radica en el resguardo del principio de probidad e imparcialidad que va invívita en todas las actuaciones notariales.
El provecho al que alude la disposición, esta referido al provecho económico que puede obtener el notario para sí o para sus familiares al autorizar actos o contratos en que ellos intervengan. Por ejemplo: el notario no puede intervenir en la autorización de una escritura de compra venta en la que uno de los otorgantes es su tío o su hermano, 19 Comentarios a la Ley de Notariado: la ley evita que por razón de parentesco pueda relevar expresamente a su famiüar de obligaciones del contrato o por el contrario que haga constar estipulaciones que lo beneficien.
Por otro lado el artículo regula ciertos actos en los que el notario puede intervenir conuna doble calidad, es decir puede autorizar actos por" sí y ante sí", esta frase significaque el notario puede interponer fe pública en un instrumento, en el que actúa como "notario y como otorgante ". Ejemplos: El notario puede autorizar un permiso por sí y ante sí para que su hijo menor pueda salir del país con otra persona. Es importantemencionar que esta facultad se la otorga la ley en aquellos casos en que el notario estádisponiendo de sus bienes o de sus derechos sin que tales actos puedan incidir en
perjuicio de terceros, por ello el artículo en comento también señala aquellos actos enque el notario cancele obligaciones contraídas a su favor, como en una cancelación de hipoteca.
Al final del inc. primero dice el legislador que los notarios pueden autorizar actos en que
ellos solos se obligan, ya que no hay ningún beneficio que pueda obtener en perjuicio de
otra persona, por ejemplo, autorizar un mutuo donde el notario tiene la calidad de mutuario.El inciso segundo permite que el notario autorice instrumentos que otorguen sus parientes,siempre que el contenido sustancial sea la cancelación de obligaciones a favor de susparientes.
El último inciso establece la sanción por violación a lo preceptuado en éste artículo, aludiendo a la nulidad del instrumento, cabe preguntarse que tipo de nulidad sería,absoluta o relativa. Ante esta pregunta diríamos que no puede ser absoluta, pues no seacomoda a los elementos del Art. 1552 ce, tampoco puede afirmarse que sea relativapues resultaría impropio creer que puede sanearse por el lapso del tiempo o por laratificación de las partes. No encontrando una relación directa que ubique la nulidaddentro de nuestra clasificación legal, significa que esta es una nulidad sui generis, queproduce los efectos jurídicos propios de la nulidad absoluta. Esta nulidad está referidaal instrumento no al contenido sustancial del mismo; en todo caso cualquier tipo denulidad tiene que ser declarada por el Juez competente, con lo cual descartamos quepueda ser declarada por la Sección del Notariado o la Corte en pleno.

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: susybb, MagdaT, Remv, Veronicahqz, AbogadoAsesor

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.220 segundos
Gracias a Foro Kunena