Familia

19 Nov 2012 21:08 #1 por sjd100
Familia Publicado por sjd100
Una consulta, llevo un caso, donde la madre de un mayor de edad, quiere una rectificación de partida de nacimiento, dado que esta persona tiene problemas mentales. la consulta es: puedo llevar el caso? o debo de hacer la declaratoria de menor incapaz primero?

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20 Nov 2012 00:12 #2 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema Re: Familia
ACLARA LAS COSAS ES MAYOR O ES MENOR DE EDAD Y COMO ELLA ES LA REPRESENTANTE LEGAL SI SE PUEDE Y NO SE SI HAY DECLARATORIA MEDICA DONDE MANIFIESTE LA INCAPACIDAD MENTAL DEL JOVEN

WALDO2173
El siguiente usuario dijo gracias: sjd100

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20 Nov 2012 04:15 #3 por Opinión
Respuesta de Opinión sobre el tema Re: Familia
INCAPACIDAD

Art. 292 Fam.- Nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial, en virtud de causas legales y con la intervención, en su defensa, del Procurador General de la República o Procuradores Auxiliares Departamentales.

CAUSAS DE INCAPACIDAD

Art. 293 Fam.- Son causas de incapacidad:

1ª) La enfermedad mental crónica e incurable, aunque existan intervalos lúcidos y,
El siguiente usuario dijo gracias: sjd100

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20 Nov 2012 05:38 #4 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: Familia
Promueve ambas cosas en el juzgado de familia, asi te ahorras problemas y presenta toda la documentacion que acredite la incapacidad y pide que medicina legal lo evalue y confirme su estado, porque no se puede presumir la incapacidad mental, tiene que ser declarada judicialmente.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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20 Nov 2012 06:19 #5 por markantony
Respuesta de markantony sobre el tema Re: Familia
Probablemente tu cliente no ha iniciado ningun tramite, por que debes hacer ambas cosas de una vez el Juzgado de Familia.

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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09 Dic 2012 03:18 #6 por sjd100
Respuesta de sjd100 sobre el tema Re: Familia
es mayor de edad

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09 Dic 2012 03:19 #7 por sjd100
Respuesta de sjd100 sobre el tema Re: Familia
Muchas gracias, por sus comentarios

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09 Dic 2012 20:47 - 09 Dic 2012 20:53 #8 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: Familia
Lo que manifiesta el forista Opinión es correcto- EN LA DISPOCIONES LEGALES...

Opinión escribió: INCAPACIDAD

Art. 292 Fam.- Nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial, en virtud de causas legales y con la intervención, en su defensa, del Procurador General de la República o Procuradores Auxiliares Departamentales.

CAUSAS DE INCAPACIDAD

Art. 293 Fam.- Son causas de incapacidad:

1ª) La enfermedad mental crónica e incurable, aunque existan intervalos lúcidos y,



TINES QUE PROMOVER DILIGENCIAS DE MAYORES ADULTO DE INCAPACITADOS EN EL TRIBUNAL DE FAMILIA.
Y ver los actos de declaracion de voluntades-aRT.1316 y sig.C

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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13 Dic 2012 03:08 #9 por sjd100
Respuesta de sjd100 sobre el tema Re: Familia
Sólo me surge una duda, primero solicito la declaración de incapacidad y después la rectifiación en la misma solicitud...y en la declaración escribo los apellidos de la mayor de edad como deberian ir en el orden

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13 Dic 2012 05:23 #10 por Kate Fuentes
Respuesta de Kate Fuentes sobre el tema Re: Familia
DEBES INICIAR PRIMERO EL TRAMITE DE DECLARATORIA DE INCAPAZ
El siguiente usuario dijo gracias: sjd100

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17 Ene 2013 23:45 #11 por sjd100
Respuesta de sjd100 sobre el tema Re: Familia
Les cuento que realice las diligencias de Declaratoria de Incapacidad y Restablecimiento de Autoridad Parental y Rectificación de Partida...estoy a la espera de admisión. Gracias por sus aportes.

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11 Mar 2013 23:38 #12 por Kate Fuentes
Respuesta de Kate Fuentes sobre el tema Re: Familia
Primero debes iniciar la diligencias de declaratoria de incapacidad

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