hola colegas necesito su ayuda urgente. me declararon improponible una solicitud e el juzgado de familia porque en la solicitud puse diferente el nombre de como estaba en el poder y necesito saber si al subsanar el error hay un plazo para volver a presentarla o no? y si necesito presentar un escrito para que me devuelvan los originales. desde ya GRACIAS por sus respuestas
Presentas otro escrito pero ya no como la demanda sino que directamente te dirigis al juez y haces la subsanacion de la prevencion relacionando la notificaion;y en la parte petitoria similar solo que te limitas a que te acepte el escrito y haces mencion de la correcion te dejo el articulo que regula esa situacion.
Subsanación
Art. 96.Cf- Si la demanda careciere de alguno de los requisitos exigidos, el Juez los puntualizará y ordenará al demandante que los subsane dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución respectiva, bajo prevención de declararla inadmisible. Si la demanda se declara
inadmisible el derecho quedará a salvo y el demandante podrá plantear nueva demanda.
Una ves declarada improponible una solicitud, porque no se evacuo en tèrmino la prevenciòn: No existe un plazo que deba transcurrir, para volverla a presentar...
Y si en la solicitud, al incorporar la prueba documental, no se consigno la frase: "presento original y copias correspondientes, y una vez confrontadas las primeras con las segundas y de resultar conforme, se me devuelvan las originales y se agreguen en legal forma las segundas"
Si debe presentarse un escrito dirigido al Juez, con referencia y todo, solicitando la confrontaciòn y posterior devoluciòn de los originales.
Suerte.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, juan avelar o, luzgrodriguez