Buenas tardes colegas:
Resulta que hace 5 días hice un contrato de arrendamiento en documento privado autenticado, el día de hoy me visita la dueña de la casa y me indica que el arrendatario le mintió ya que uso el inmueble para un fin diferente al indicado en el contrato, pero que le dará al señor 2 meses para que busque donde irse.
Me han dicho que debo hacer una modificación del contrato y cambiar en el literal del EL PLAZO indicando que se modifica para que finalice en 2 meses.
La señora me pide que le ponga en el contrato que lo va a terminar en dos meses ya que el señor le mintió,mi pregunta es ¿Es conveniente poner eso en la modificación? ¿Debe indicarse? o basta con la modificación del plazo.
Espero su respuesta gracias!!
Mi opinión es que cualquier modificación del contrato debe hacerse con el consentimiento de las partes y eso implica los términos de la modificación. Ahora si no se han puesto de acuerdo en los términos de la modificación solo le queda al arrendante hacer cumplir las cláusulas referidas a la terminación anticipada del contrato por causas imputables al arrendatario con las consecuencias que el contrato y la ley establecen.
Respuesta de Abogado Litigante sobre el tema Re: CONSULTA
Para mi que hables con ambos sobre dicha modificación, ya que el contrato no se puede alterar si no te consta que ambas partes están de acuerdo, incluso para tu seguridad deberían firmar nuevo contrato y destruir el anterior, claro que cualquier modificación genera honorarios, porque no es tu culpa que como notario las partes quieran alterar lo ya pactado.