materia de contratos

20 Feb 2013 22:12 #1 por KARLA GUTIERREZ
materia de contratos Publicado por KARLA GUTIERREZ
HOLA!!!!! me han pedido IDENTIFICAR LOS CONTRATOS INNOMINADOS EN MATERIA CIVIL??? y hasta el momento no logro identificar en nuestro código tales contratos....
otra pregunta que me hago es LA COMPRAVENTA A PLAZOS ES DE EJECUCIÓN INSTANTÁNEA O DE TRATO SUCESIVO???
SI ME PUEDEN AYUDAR CON ESAS PREGUNTAS SE LOS AGRADECERÉ...

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20 Feb 2013 22:31 #2 por PATCAM84
Respuesta de PATCAM84 sobre el tema Re: materia de contratos
Hola Karla,

La Compraventa es un contrato de ejecución instantánea, pues comporta el cumplimiento de una sola vez, de un modo único, suficiente para agotar el negocio y esa circunstancia puede darse de manera inmediata o diferida. en cambio los conntratos de ejecución de tracto sucesivo, o de cumplimiento continuado o periódico se da cundo sus efectos se prolongan en el tiempo, ej. locación
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20 Feb 2013 23:01 #3 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: materia de contratos
Realmente la respuesta no la encontrarás en el código porque precisamente por eso se llama asi, "innominados". Contrario sensu, los contratos nominados son los que ya tienen nombre y regulación específica tales como el arrendamiento, comodato, compraventa, testamento, prenda, hipoteca, etc. No obstante el sabio legislador civil, deja la puerta abierta para crear contratos que no existan dentro de un marco específico de regulación (O sea que tu te puedes inventar un contrato de algo dependiendo de las circunstancias que quieran convenir las partes). Siempre y cuando esten dentro del marco legal regulado dentro del código civil, es decir de las disposiciones generales.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...
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20 Feb 2013 23:08 - 20 Feb 2013 23:18 #4 por KARLA GUTIERREZ
Respuesta de KARLA GUTIERREZ sobre el tema Re: materia de contratos
Entiendo gracias por tu respuesta Willieparedes!!!!
este PATCAM84 entendí lo que me explicaste con respecto a la compraventa, y esto es lo mismo cuando yo mencione que la COMPRAVENTA ES A PLAZOS???? SIGUE SIENDO ESTE CONTRATO DE EJECUCION INSTANTANEA????

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21 Feb 2013 02:46 #5 por mitz
Respuesta de mitz sobre el tema Re: materia de contratos
alo una observacion se habla de una compraventa a plazos, por lo que a mi me ver este tipo de no seria de ejecucion instantanea pues si el comprador cae en mora de las cuotas pactada no habria tradicion de dominio

Ramirez y Asociados
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Abogado Laboralista

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21 Feb 2013 06:14 - 21 Feb 2013 15:11 #6 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Re: materia de contratos
En lo del tracto sucesivo hay identificadas dos aspectos.La que se entiende este como un derecho registral que se considera un principio no un contrato precisamente .En la cual si NO se ha acaecido una ininterrumpida sucesión de dueños que legitimicen al ultimo dueño ;el contrato no se podrá realizar;es decir si no he ido registrar una casa que compre, no la voy a poder vender y si no lo ha hecho el anterior dueño mas problema todavia.De manera que el transmitente de hoy sea el adquirente de ayer, y el adquirente de hoy sea el transmitente de mañana.
Y la otra que como dice la doctrina que si le da la cualidad a un contrato:” en el que el cumplimiento de las prestaciones se realiza en un periodo determinado, y que, por deseo de las partes se puede extender para satisfacer sus necesidades primordiales y estos términos pueden ser”.

Ejecución continuada: ejecución única pero sin interrupción. Ejemplo el contrato para el suministro de agua; EL arrendamiento .
Ejecución periódica: varias prestaciones que se ejecutan en fechas establecidas.Ejemplo El mutuo, El que pregunta la compañera La venta a plazos.Si la venta hubiese sido sin condicion que seria el otro supuesto si seria instantaneo pero como pactaron una condicion de entregas sucesivas estas solo podran hacer valer el derecho hasta que haya cancelado la totalidad;asi que es por tracto sucesivo.
Ejecución intermitente: se da cuando lo solicita la otra parte.Ejemplo:el contrato de desposito.

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