Hola amigos del foro, solo una consulta, cuando se solicita al juez de familia la proteccion a la vivienda familiar sobre un inmueble, es el juez que manda de oficio al C.N.R. para ejercer esta accion, en vista que mi cliente esta dispuesto en acceder a favor de su hija el 50 por ciento del derecho que tiene sobre la casa. espero que me ayuden despejar de inquietud que tengo, de antemano muchas gracias amigos.