La respuesta la encuentra en la "Ley Orgánica Judicial".
Te dejo el link para que lo busques porque supongo que por el número te refieres a El Salvador. Le das en el buscador "quinto sentencia".
www.elsalvadorlex.org/index.php?option=c...oad&catid=18&cid=459
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...