mi pregunta es en el caso del testamento publico, cuando ya el testador a fallecido para que los herederos lo hagan efectivo que tramite se sigue, o solo basta la escritura del testamento.
Buenas Tardes Colega.
Tienes que seguir las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentarias; ante notario o si hay incapaces, por diligencias judiciales; en donde quienes aceptan son los herederos universales nombrados en el testamento.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."