ALGUIEN CONOCE SOBRE PRESCIRPCION DE ALIMENTOS

09 Mar 2013 02:10 #1 por Herson Henriquez
ALGUIEN CONOCE SOBRE PRESCIRPCION DE ALIMENTOS Publicado por Herson Henriquez
Colegas del Foro alguien ha conocido alguna vez sobre el proceso a instruir para peticionar la prescirpcion de alimentos que establece el articulo 261 familia, el caso en concreto es de una persona que debe 13 años de cuota nunca le ha sido reclamada por la parte alimentada el quiere arregalar su situacion pues no puede desarrollar ciertas actividades personales, pero no posee la cantidad que se le ha calculado por los trece años, situacion que esta poniendo en peligro a la familia de esta persona pues no puede desarrollar actividades economicas propias de su que hacer, existe expediente en la PGR inactivo desde hace diez años, no hay demanda por parte del alimentado ni su representante legal el alimentado tiene 18 años de edad, el señor quiere alegar la prescripcion y pagarle al alimentado las cuotas de los años que le correspondan una vez establecida la prescripcion, el manifiesta que no es que no se la hubiese dado nunca si no que sucedio que luego que se la descontaban se quedo sin trabajo y ya no pudo darla y que los trabajos venideros no fueron lo suficiente para pagar la cuota y alimentar a su nueva familia, en este sentido se ha consultado a la PGR quienes mantiene el criterio que las cuotas no prescriben pero si la ley lo establece no se en que se basan para decir ellos que no procede, entonces la pregunata es como alegar la prescirpcion, bajo que proceso judicializarla y si alguien del foro tiene un ejemplar de la demanda y conocen de resultados en estos casos que comente por fabor

Lic. Herson Asbel Henriquez Villegas

Timoteo 1:8 Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente;conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y...

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09 Mar 2013 03:11 #2 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema Re: ALGUIEN CONOCE SOBRE PRESCIRPCION DE ALIMENTOS
EN REALIDAD EXISTE UNA DEUDA DE LA CUOTA ALIMENTICIA POR 13 AÑOS Y EL BENEFICIARIO QUE EN AQUEL MOMENTO ERA SU EX ESPOSA O PAREJA EN REPRESENTACION DEL MENOR Y AHORA ESTE JOVEN TIENE 18 AÑOS Y ES MAYOR DE EDAD, Y QUIERE QUE PRESCRIBA PERO A MI VER LA CUOTA SIGUE VIVENTE HASTA QUE EL ALIMENTADO LE PERDONE DICHA MORA, PERO SE TIENE QUE ACLARAR DONDE FUE FIJADDA LA CUOTA SI EN LA PGR O DONDE SE PUEDE BUCAR AL HIJO E IR DONDE UN NOTARIO Y LEVANTAR UN ACTA O UNA DECLARACION JURADA DONDE LE PERDONA TODA LA DEUDA O PARTE DE ELLA Y QUE POSTERIORMENTE SE DE AVISO A LA UNIDAD DE FAMILIA DE LA PGR PARA QUE CESE LA CUOTA SI ES EN SEDE ADMINISTRATIVA Y ESTA DE AVISO A PAGADURIA
ESPERO TE SIRVA ESTA INFORMACION

WALDO2173

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09 Mar 2013 03:30 #3 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: ALGUIEN CONOCE SOBRE PRESCIRPCION DE ALIMENTOS
Pues la ley es clara que las cuotas alimenticias no cobradas prescriben en dos años. Esta prescripción tiene que ser alegada por el que pretenda aprovecha de ella ante el juez competente, en aplicación supletoria del art. 2232 CC . En el presente caso todo dependerá de los hechos concretos y de que la persona beneficiaría no haya ejercido acción alguna para cobrar dichas cuotas de lo contrario no operaría la prescripción.
Por otro lado considero que la PGR no tiene competencia para declarar la prescripción.

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09 Mar 2013 14:40 #4 por Enrike_1°
Respuesta de Enrike_1° sobre el tema Re: ALGUIEN CONOCE SOBRE PRESCIRPCION DE ALIMENTOS
Colega Herson Henriquez al parecer usted solo a ido a la PGR, y el caso es que tal como lo dice el colega Abogado, la PGR no tiene competencia para declarar la prescripcion ni en este ni en ningun otro caso de familia, recordemos que la prescripcion no puede ser declarada administrativamente, sino que tiene que ser alegada y declarada por un juez, es decir via judicial, mi recomendacion es que arme un buen escrito alegando la prescripcion con un buen fundamento de hecho y de derecho y en lo personal creo que procede.

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