necesito ayuda legal o asesoria

05 Abr 2013 21:49 #1 por diegomarroquin8
necesito ayuda legal o asesoria Publicado por diegomarroquin8
buenas tardes el motivo de mi presente es porque tengo un problema grande,hace 2 años le preste a un "amigo" $3000. al 10%. me pago 8 meses de interes. y 600 de intereses. el punto es que ya en mayo son 2 años desde que le preste el dinero. no me firmo nada solo mas que palabra. y con el abogado me dice que lleve alguna garantia de parte de el,la cosa que lo unico q tiene es el carro que que aun esta pagando queria saber si hay alguna manera que me firme algo o que me aconsejan uds que puedo hacer!!!

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05 Abr 2013 21:55 #2 por Pol
Respuesta de Pol sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
busca un buen abogado para que entable una demanda donde se obtiene un resoluciòn, puede ser en conciliacion, con esa lo demandas.... o un proceso abreviaso...
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05 Abr 2013 22:51 #3 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
No te cumpliques... diegomarroquin8...., ve la LA PGR, seccion de MEDICIACION, llamalo, ahi, para que el se haga cargo que efectvamente tu le prestae ese dinero, al ACEPTAR , ELLO LEVANTARAN UN ACTA y eso te servira para entablar una demanda Ejecutiva..., el problema aqui es que tu deudor, NO TIENE NADA, y lo que tiene es el vehiculo, que esta pagando....

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
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05 Abr 2013 23:34 #4 por diegomarroquin8
Respuesta de diegomarroquin8 sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
solo llego a la PGR y ahi en mediacion ahi lo llamo a que llego o ellos lo citan? en todo caso,si no tiene nada que le toca? la carcel imagino o que? pero si el carro esta a nombre de el aunque aun lo esta pagando que puedo hacer? no puedo hacer que lo traspase a mi nombre y siga pagando?

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06 Abr 2013 01:11 #5 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
Si lo que te adeuda podrias intentar un PROCESO MONITORIO, tu justificacion de principio suficiente la podrias acreditar incluso con testigos, tal como lo dispone el cprcym, las otras soluciones tambien son viables y te sirven para un proceso ejecutivo.

EL PROCESO MONITORIO POR DEUDAS DE DINERO



Ámbito de aplicación del proceso monitorio

Art. 489.- Puede plantear solicitud monitoria el que pretenda de otro el pago de una deuda de dinero, líquida vencida y exigible, cuya cantidad determinada no exceda de veinticinco mil colones o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, cualquiera que sea su forma y clase o el soporte en que se encuentre, o que el acreedor justifique un principio de prueba suficiente.

En todo caso, el documento tendrá que ser de los que sirvan para acreditar relaciones entre acreedor y deudor, y aun cuando hubiera sido creado unilateralmente por el acreedor deberá aparecer firmado por el deudor o con constancia de que la firma fue puesta por orden suya, o incorporar cualquier otro signo mecánico electrónico.



Competencia

Art. 490.- Para conocer de la solicitud monitoria tendrá competencia exclusiva el juez de primera instancia de menor cuantía del domicilio del demandado.



Requisitos de la solicitud

Art. 491.- El proceso monitorio se iniciará con la presentación de una solicitud en la que se dará conocimiento de la identidad del deudor, del domicilio o domicilios del acreedor y del deudor o del lugar en que residieran o pudieran ser hallados, y del origen y cuantía de la deuda, debiéndose acompañar a la solicitud el documento en que conste aquélla. La cuantía que se señale a efectos del requerimiento judicial podrá incrementarse en un tercio del monto inicial de lo adeudado.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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06 Abr 2013 12:44 #6 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
Con el respeto de siempre, con relación al monitorio lo veo complicado, por que según el inciso segundo del 489 y los argumentos plasmados en la exposición de motivos del CprCyM se establece q ese principio de prueba debe ser por escrito ( cuyo escrito carezca de las formalidades necesarias para considerarse titulo ejecutivo o de obligación), la conciliación, tanto judicial como en mediación ( sede administrativa) son buenas opciones...aún q recordemos las exigencias de documentos q respalden la deuda artículo 1580 C.C " .- Deberán constar por escrito los actos o contratos que contienen la entrega o promesa de una cosa que valga más de doscientos colones.

No será admisible la prueba de testigos en cuanto adicione o altere de modo alguno lo que se expresa en el acto o contrato, ni sobre lo que se alegue haberse dicho antes, o al tiempo o después de su otorgamiento, aun cuando en alguna de estas adiciones o modificaciones se trate de una cosa cuyo valor no alcance a la referida suma".

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06 Abr 2013 17:21 #7 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
Con el respeto del colega, en el artículo citado no dice en ninguna lado que ese principio de prueba suficiente sea por escrito, la importante importante del articulo reza asi" cualquiera que sea su forma y clase o el soporte en que se encuentre, o que el acreedor justifique un principio de prueba suficiente", en ningún momento aparece que todo deba ser por escrito, incluso el articulo plantea varia situaciones, todas excluyentes una de otra, al principio habla de forma, luego de clase, luego de soporte y por último dice "o que el acreedor justifique un principio de prueba suficiente", lo que da la idea que la obligación objeto de exigencia, no sólo puede probarse de forma documental.

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06 Abr 2013 17:51 #8 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
Como interpreta ud este inciso segundo del 489...

En todo caso, el documento tendrá que ser de los
que sirvan para acreditar relaciones entre
acreedor y deudor, y aun cuando hubiera sido
creado unilateralmente por el acreedor deberá
aparecer firmado por el deudor o con constancia
de que la firma fue puesta por orden suya, o
incorporar cualquier otro signo mecánico
electrónico

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06 Abr 2013 19:07 #9 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
Tengo mis dudas aun, dado que solo se refiere al documento en si, pero no el caso de que el principio de prueba de suficiente no sea documental.

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06 Abr 2013 19:51 #10 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
Bueno, acabo de leer los comentarios del cprcym respecto del proceso monitorio por deudas de dinero, y ya me quedó claro que estrictamente documental, no obstante que otras legislaciones hablan de proceso monitorio puro. Asi que efectivamente se requiere un documento que establezca la relacion entre el deudor y el acreedor respecto de esa deuda, asi que admito colega HERBERTH que ud tiene toda la razón.

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11 Abr 2013 21:46 #11 por diegomarroquin8
Respuesta de diegomarroquin8 sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
ya me perdieron un poco del tema con su debate jeje! lo que necesito saber es cual de todas es su opcion o consejo para poder actuar segun la ley y poder hacer algo en mi caso! muchas gracias caballeros creanme que considero mucho sus terminos y propuestas pero necesito algo definitivo y contundente! gracias

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11 Abr 2013 22:11 #12 por salvarenga
Respuesta de salvarenga sobre el tema Re: necesito ayuda legal o asesoria
Será que el deudor accedería a firmarle una letra de cambio por la cantidad adeudada?? lo dudo pero es de intentarlo y de ser así tendría el documento base para entablar la acción... Suerte.-

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