REO FUERA DEL PAIS

22 May 2013 14:34 #1 por ROMERO LEIVA
REO FUERA DEL PAIS Publicado por ROMERO LEIVA
HOLA COLEGAS! NESECITO SU AYUDA

TENGO UN CASO EN QUE EL IMPUTADO ESTA EN ESTADOS UNIDOS PERO EN EL 2009 COMETIO EL DELITO DE ACOSO SEXUAL JUNTO A OTRO JOVEN, PERO A LA HORA DE PRESENTARSE A LA AUDIENCIA NO LO HISO PORQUE SU ABOGADO DEFENSOR LE DIJO QUE NO ERA NECESARIA SU PRESENCIA Y SOLO EL SE PRESENTO Y FUE DECLARADO REBELDE Y LE DIERON ORDEN DE CAPTURA Y AL OTRO JOVEN LO DEJARON LIBRE DEFINITIVAMENTE, Y AHORA MI CLIENTE NESECITA QUE SE LE RESULEVA ESTE CASO PORQUE QUIERE ARREGLAR SU SITUACION LEGAL EN E.U., PORQUE CONTRAERA MATRIMONIO, Y LE DA MIEDO IR AL CONSULADO Y LO CAPTUREN, LA PREGUNTA ES? COMO PUEDO LLEVARLE AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA ACA EN EL SALVADOR, CUANDO LA LEY LO EXIGE, HABRA DOCTRINA O ALGUN PRONCIPIO QUE PUEDA ALEGAR PARA PODER DEFENDERLO SIN SU PRESENCIA, LA QUE ME DIO EL PODER EL SU ABUELA PATERNA....

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22 May 2013 14:58 #2 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
Pues el problema del caso de acoso no se puede resolver sin la presencia del reo en tanto ha sido declarado rebelde, y es que la rebeldia interrumpe (o suspende? es de verificar en el Pr.Pn. cual efecto produce) la prescripcion, y obstaculiza alguna salida alterna al proceso, entonces mientras no se presente al proceso el caso va a seguir "vivo".

Ahora bien el temor de que lo agarren preso en el consulado, no es posible, quien y con que autoridad lo va a arrestar en un pais extranjero, la unica forma seria que las autoridades estadounidenses lo hagan o la interpol, pero para ello debe mediar una peticion judicialsalvadoreña ratificada por las autoridades judiciales estadounidenses, y esa orden no ha de existir, lo dudo mucho, y si aquie en ES ni cuenta se dan en los penales que una mujer con ordenes de captura (la mujer de un pandillero firmante de la "tregua", por ahi en los periodicos de esta semana sale) entraba y salia y nadie se fijo, menos creo que alla en el consulado alguien se de cuenta.

Pero Julio Cesar no lo vio.
El siguiente usuario dijo gracias: jocelynsofi

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22 May 2013 15:33 #3 por lars
Respuesta de lars sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
Estimado furio14, temo que los Consulados se entienden como un anexo territorial del Estado al cual desarrollan sus actividades administrativas, en tan sentido si pudiera ser aprehendido en el lugar.


"No hagas cosas buenas que parezcan malas, ni cosas malas que parezcan buenas"

Ronald Lars Chávez
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22 May 2013 15:44 #4 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
Esta en lo correcto al decir que el territorio de la embajada se entiende como parte del pais que pone al embajador, sin embargo esta particularidad tiene sus excepciones, como por ejemplo que el hecho de que un pais le haga tal concesion no le autoriza para que sea un miniestado dentro de otro estado, sino imaginese aqui en la embajada de afganistan (digamos que hubiera) agarran a una mujer y le dan su dosis de pedradas por no andar con burka y andar de striperella, aplica lo de somos afganistan aunque estemos dentro de El Salvador, apartense que les cae a ustedes tambien.

Es cuestion de derecho internacional publico, pero a lo que quiero llegar es a que en las embajadas de ES no pueden detener a nadie porque simplemente nadie ahi tiene la facultad para hacerlo, y recordando que la embajada no tiene a ningun funcionario/empleado publico autorizado por ley para hacerlo, pues simplemente no sucedera, y si lo hacen presos los van a meter a nomas saquen las narices de la embajada, hay que recordar lo siguiente:

"Soberanía,sí,desde luego.Es como un pequeñito país dentro de otro.Pero,que como viven en el país de acogida,están sujetos a todas las leyes externas en cuanto salen por la puerta", entonces si los gringos no lo autorizan judicialemente o la interpol (que igualmente necesita autorizacion de las autoridades judiciales del pais en que van a actuar, que yo creo que en USA la interpol no vale, seria de investigar), nadie tiene por que capturar a nadie, a menos que quiera ser acusado de privacion de libertad, secuestro y mas.

Pero Julio Cesar no lo vio.

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22 May 2013 16:47 #5 por lars
Respuesta de lars sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
Solo para ilustrar... Embajada y Consulado no son lo mismo, su servidor hablaba de Consulado y su persona se refiere a Embajada.
Segundo... Pues hablamos de una persona con orden de captura, por el principio de territorialidad las leyes penales son aplicables incluso en el Consulado o Embajada, Existe algún principio, ley o artículo que deje sin efecto las resoluciones judiciales y el principio de territorialidad y/o Derecho Internacional Público y Privado?

Igualmente el Sr. Será detenido al sellar la entrada en su pasaporte en el aeropuerto.
Si cuando uno solicita la visa le investigan todo... no se diga si otorgaran un estatus migratorio vitalicio, asi que seguro podran solicitar record criminal.

Creo que lo mas aconsejable es que se haga un ejercicio investigativo y saber como estan las aguas con la victima... talvez logra llegar a un concenso.

Suerte!!!


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22 May 2013 17:00 #6 por LIC.ERICK
Respuesta de LIC.ERICK sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS

osmycampos escribió: HOLA COLEGAS! NESECITO SU AYUDA

TENGO UN CASO EN QUE EL IMPUTADO ESTA EN ESTADOS UNIDOS PERO EN EL 2009 COMETIO EL DELITO DE ACOSO SEXUAL JUNTO A OTRO JOVEN, PERO A LA HORA DE PRESENTARSE A LA AUDIENCIA NO LO HISO PORQUE SU ABOGADO DEFENSOR LE DIJO QUE NO ERA NECESARIA SU PRESENCIA Y SOLO EL SE PRESENTO Y FUE DECLARADO REBELDE Y LE DIERON ORDEN DE CAPTURA Y AL OTRO JOVEN LO DEJARON LIBRE DEFINITIVAMENTE, Y AHORA MI CLIENTE NESECITA QUE SE LE RESULEVA ESTE CASO PORQUE QUIERE ARREGLAR SU SITUACION LEGAL EN E.U., PORQUE CONTRAERA MATRIMONIO, Y LE DA MIEDO IR AL CONSULADO Y LO CAPTUREN, LA PREGUNTA ES? COMO PUEDO LLEVARLE AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA ACA EN EL SALVADOR, CUANDO LA LEY LO EXIGE, HABRA DOCTRINA O ALGUN PRONCIPIO QUE PUEDA ALEGAR PARA PODER DEFENDERLO SIN SU PRESENCIA, LA QUE ME DIO EL PODER EL SU ABUELA PATERNA....


las victimas o victimas pueden solicitar el desistimiento de la acción por medio de la fiscalia.-
El siguiente usuario dijo gracias: lars

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22 May 2013 17:24 #7 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS

lars escribió: Solo para ilustrar... Embajada y Consulado no son lo mismo, su servidor hablaba de Consulado y su persona se refiere a Embajada.
Segundo... Pues hablamos de una persona con orden de captura, por el principio de territorialidad las leyes penales son aplicables incluso en el Consulado o Embajada, Existe algún principio, ley o artículo que deje sin efecto las resoluciones judiciales y el principio de territorialidad y/o Derecho Internacional Público y Privado?

Igualmente el Sr. Será detenido al sellar la entrada en su pasaporte en el aeropuerto.
Si cuando uno solicita la visa le investigan todo... no se diga si otorgaran un estatus migratorio vitalicio, asi que seguro podran solicitar record criminal.

Creo que lo mas aconsejable es que se haga un ejercicio investigativo y saber como estan las aguas con la victima... talvez logra llegar a un concenso.

Suerte!!!



Insisto, coincido con casi todo lo que usted dice, pero hago incapie, en quien va a ser la persona que detenga al imputado, el mas indicado seria el vigilante de la embajada o personal de seguridad pero sin la orden judicial ratificada por el pais donde se encuentra la embajada, lo que va a pasar es que al que van a meter preso por secuestro o privacion de libertad segun corresponda es al "meque" (buena persona tal vez pero "meque" sin duda), que actua sin orden judicial valida.

Por cierto:

¿Qué es una Embajada?

La Embajada es un órgano del Estado de carácter representativo, acreditado ante otro Estado con el fin de asegurar relaciones permanentes entre ambos.

Tiene como principales funciones: la representación política y diplomática del Estado acreditante ante el Estado receptor.

¿Qué es un Consulado?

El Consulado es el organismo de la administración pública de un Estado en el territorio de otro, con el objetivo de asistir y proteger a sus nacionales, en la medida de lo permitido por el Derecho Internacional y el derecho interno del Estado receptor.

Diferencias entre ambas entidades:

La embajada se encarga de ejercer la Representación política del Estado, pues es el único interlocutor legal del Gobierno que representa ante el Gobierno del país en el cual está acreditada. Por su parte, el consulado debe proteger y velar por los intereses de sus nacionales, con base en las normas del Derecho Internacional y del Estado Receptor.

Pero Julio Cesar no lo vio.

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22 May 2013 17:35 #8 por LIC.ERICK
Respuesta de LIC.ERICK sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
La Embajada es el ente que representa al País en los Estados Unidos o en cualquier otro país, y su función principal es la de celebrar los negocios estatales entre ambos países, mantener las relaciones Bilaterales amigables; El Consulado es una dependencia de la Embajada y su función principales es la de velar por los intereses de sus connacionales... emiten pasaportes y ejercen funciones notariales. La embajada no emite pasaportes.-
El siguiente usuario dijo gracias: lars

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22 May 2013 18:50 - 22 May 2013 20:16 #9 por lars
Respuesta de lars sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
Es que se me ocurre que desea ir al Consulado ha sacar o renovar el pasaporte (tendria que regresar al menos una vez) porque se casa con un o una (hoy no se sabe jajaja) Estadounidense, sino no le sería más facil adquirir la ciudadania, su situación migratoria es irregular.

Acaso es de obligatorio cumplimiento y deber ratificar por parte del País (USA) por medio de su Cancilleria a la Embajada Salvadoreña de las actuaciones (que ahora tratamos de una orden de captura nacional) que el Consulado hará dentro del consulado? no creo... porque la captura (que ni) en flagrancia no la haran afuera del consulado

Para entonces el presunto implicado regresará dos veces al consulado... y ha sido capturado.

Porque y quien va ha meter preso a la seguridad consular? o peor aún al Consul? Si el seguridad actuará en un momento en que el Consul ya sabe que tiene orden de captura.

El imputado demandará?
El Fiscal del Condado y Federal de USA demandará a un oficial de seguridad consular apoyandose de los principios rectores del derecho internacional publico, medios Diplomáticos porque (ni) en flagrancia aprehendio al imputado salvadoreño? y que a su vez estaba en territorio salvadoreño? Pues temo que no puede, porque es salvadoreño y dos EStados no se van a declarar en pleitos por situaciones asi.

Si tiene una orden de captura... lo que mas puede suceder es favorecimiento al reo por nulidad de la captura...
pero (ni)en flagrancia?, pero para entonces ya estaría en tramites de repatriación.

A USA le conviene no tener personas con ordenes de captura en sus paises de origen.


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22 May 2013 20:03 #10 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
No entiendo de donde salio lo de la flagrancia, ya que el caso que origino el tema ocurrio en el 2009, y la flagrancia es cuando: "se considera que hay flagrancia cuando el autor del hecho punible es
sorprendido en el momento de intentarlo o cometerlo, o inmediatamente después de haberlo
consumado o dentro de las veinticuatro horas siguientes al hecho, o cuando sea
sorprendido, con objetos o elementos con los cuales se ha cometido el delito o sean
producto del mismo o cuando se le persiga por las autoridades o particulares", entonces la flagrancia no aplica a este caso (tampoco aplica a este paso la flagrancia continuada, la cual tiene lugar en los casos de delitos continuados).

Pero Julio Cesar no lo vio.
El siguiente usuario dijo gracias: lars

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22 May 2013 20:14 #11 por lars
Respuesta de lars sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
Tiene toda la razón

Ha sido error de dedo... "que ni en flagrancia" debe ser el sentido de lo que deseo exponer.

Saludos!...


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20 Jun 2013 19:59 #12 por ROMERO LEIVA
Respuesta de ROMERO LEIVA sobre el tema Re: REO FUERA DEL PAIS
En cuanto a su respuesta, podria ampliarme mas su conocimiento, y en base a a que articulos me puedo respaldar para tomar en cuenta el desestimiento de la victima ante la Fiscalia..,

Lic. ROMERO LEIVA

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