Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad

27 May 2013 00:59 #1 por willieparedes
Hola Colegas. Les tengo un caso para que me ayuden. Resulta que un cliente esta siendo chantajeado por su ex-compañera de vida con quien procreó dos hijos. Resulta que el nuevo "marido" de la doña es jefe de mi cliente, y lo están amenazando a que le entregue el inmueble donde vive ella con sus hijos y su nuevo marido a ella o por lo menos le herede ya en vida a los hijos, con la idea de poner ellos un negocio ahí o el "jefe" lo quita del trabajo. Yo ya le asesoré y le dije que no acceda a ninguna amenaza. Mi cliente está dispuesto para dejar de tener problemas con ella, en donarle el inmueble pero no a ella, sino sólo a sus hijos. El problema es que uno de ellos es menor, y para ello tendría que comparecer ella. Un colega por ahí me mencionó a la carrera que lo que puede hacerse es una donación condicional, en la que una cláusula diga que el actual menor, será copropietario de su hermano cuando cumpla su mayoría de edad, lo cual me parece excelente y así evitamos la comparecencia de la madre y únicamente que firme el padre y su hijo mayor de edad. Pero es esto posible? alguien tiene algún modelo de escritura de esta naturaleza? que comentarios pueden aportarme a este caso.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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27 May 2013 21:44 #2 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad
Colegas, por lo menos si pueden proporcionarme un modelo de Donación condicional también me sirve. Por su amable ayuda, de antemano, muchisimas gracias y Bendiciones.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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27 May 2013 23:39 #3 por Lic. Alfred Serrano
Respuesta de Lic. Alfred Serrano sobre el tema Re: Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad
Mi estimado un gusto en Saludarte, te propongo otra salida viable para que tenga otra opción y que desde ya le quede el inmueble también inscrito a favor del menor, entregándolo según el porcentaje que les piensa dar a cada hijo.
Proponele a tu cliente que haga una Donación pura simple y perfecta (Irrevocable) y que el le entregue y que el mismo acepte por su hijo el bien que va a donar, esto lo puede hacer en su carácter de Representante Legal, habilitada esta posibilidad según lo establece el articulo 1286 del Código Civil, en ese sentido no necesitaran de la madre que comparezca por el menor, ya que ese articulo habilita al padre para que el le pueda donar y también pueda aceptar la donación en nombre del hijo.

Te manifiesto que yo ya lo he hecho y no he tenido problema, solo que a la escritura hay que establecer el articulo que te mencione que te habilita, para efectos que no tenga ninguna observación por parte del Registrador que te la Inscriba.

Saludos mi estimado

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28 May 2013 00:54 #4 por RANGO
Estimado colega,respecto al caso que as planteado, que el jefe de tu cliente y su ex-esposa lo están amenazando para que le transfiera el inmueble, déjame decirte esa conducta son típicas al delito de extorsión, previsto en el art.214 del C.Pn, ya que la forma de intimidar para obligar o inducir no necesariamente implica siempre amenazas de muerte, sino que la intimidación puede hacer por medio de otras manifestaciones que expresen un perjuicio, Ej. habrá intimidación, si el patrono de tu cliente le este amenazandolo de qui si no le trasfiere el inmueble al hijo de su ex-esposa lo va ha despedir, eso es una intimidad que lleva como fin obtener beneficio patrimonial para un tercero; pero hay que ver si tal exigencias no tiene una causa legal, como la exigencia de una cuota alimenticia, pero no obstante esto, la forma de hacerlos es incorrecta y se podria tambien incurrir en el delito ejercicio violento del derecho, art.319 del C.Pn. Por otro lado, si realizas la donación bajo esa coacción habrá un vicio del consentimiento que invalidaría el contrato de donación...

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28 May 2013 01:07 #5 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad
Buenas noches, aprovechando la oportunidad, quiero externar que me genera dudas la aplicación del artículo en comento ( con todo respeto) y es que al analizar la facultad otorgada en el inciso segundo del 1286, me da la impresión primero que el legislador estaba pensando en la comparecencia indistintamente de cualquiera de los padres para la aceptación de la tradición, pero partiendo del hecho q el hijo " representado" fuera mayor de edad, pero siguiendo en el mundo de los supuestos, tengo claro que como no se estableció expresamente lo manifestado por mi persona, descarto esa teoría y me abocó por la siguiente: el principio de especialidad en materia de familia, cuya regulación especial surge como ya todos sabemos a partir del 94, entonces si por la especialidad de la materia se debe regir por las normas del código de familia del 94 para acá, veo que dicha acción( comparecencia de uno solo de los padres, basado en el derecho civil) podría reñir con el siguiente artículo

EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PARENTAL
Art. 207.- El ejercicio de la autoridad parental corresponde al padre y a la madre conjuntamente, o a uno solo de ellos cuando falte el otro.
Se entenderá que falta el padre o la madre, no sólo cuando hubiere fallecido o se le hubiere declarado muerto presunto, sino cuando se ausentare del territorio nacional, se ignorare su paradero o estuviere imposibilitado.
Cuando los padres ejerzan conjuntamente la autoridad parental, podrán designar de común acuerdo quien de ellos representará a sus hijos menores o declarados incapaces, así como quien administrará sus bienes. El acuerdo respectivo se otorgará en escritura pública o en acta ante el Procurador General de la República o ante los Procuradores Auxiliares Departamentales.
Cuando la filiación del hijo existiere solo respecto de alguno de los padres, éste ejercerá la autoridad parental. Si se hubiere establecido con oposición del otro progenitor, éste no ejercerá la autoridad parental; no obstante, el juez, atendiendo al interés del hijo, podrá autorizar que la ejerza, cuando a su vez faltare el otro progenitor.

Como de soluciones se trata, yo propongo una, un tanto "extraña" y "extremista" pero bueno, por que no realiza como el colega q me precede bien le sugirió una donación irrevocable, pero sin la tradición del dominio, es decir, ud realiza la escritura y la conserva "guardada" cuando su hijo sea mayor de edad, puede perfectamente comparecer ante notario por si mismo a efecto de aceptar la tradición del dominio y su inscripción en el registro, digo esto sin saber la edad d los menores, pero suena un tanto absurdo lo q digo, pero piense: la madre no podrá comparecer por si sola a aceptar la donación a favor del hijo por el impedimento arriba mencionado, es decir, tendrían q comparecer los dos, y de esta manera ud tendría una especie de control sobre la situación, saludos...

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28 May 2013 19:55 #6 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad
De antemano gracias Colegas, quiero aclarar que la parte penal la entiendo y pues a mi me encantaría entablar dicha vía, el asunto es que mi clienhte no desea que lo haga, y pues respeto su decisión. Al final deseo ayudarle legalmente en lo que sea pertienente que el desee. Para este caso, exista o no la extorsión el desea traspasar ya ese inmueble a nombre de sus dos hijos, y de paso, incomodarla a ella, porque con la existencia de un menor como dueño ella no podría hipotecar, al menos mientras el menor no cumpla 18 años. No obstante me parece interesante la salida que sugiere Lic. Alfred Serrano, será que puede enviarme una plantilla de una donación así? de Antemano Gracias. Saludos.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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05 Jun 2013 01:34 #7 por Lic. Alfred Serrano
Respuesta de Lic. Alfred Serrano sobre el tema Re: Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad
Saludos, aquí te dejo un modelo que yo he utilizado, espero te sirva, creeme que antes de hacerlo fue consultado primero a la Sección de Notariado y por supuesto al Registrado donde se presentaría para inscripción.
Espero te sirva.
Adjuntos:

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05 Jun 2013 02:24 #8 por Jorge Aguilar
Respuesta de Jorge Aguilar sobre el tema Re: Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad
BUENAS NOCHES COLEGAS FORISTAS

ME PERMITO INTERVENIR EN ESTA OPORTUNIDAD UNICAMENTE PORA HACER U COMENTARIO AL MODILO DE DONACION PROPORCIOANDA POR EL COLEGA LIC ALFREDO SERRANO
LO HE LEIDO Y CONSIDERO QUE A FIN DE MEJORARLO PTOPONGO QUE EN LA PARTE DE LA PERSONERIA ES NECESARIO RELACIONAR LA CERTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIETO DEL MENOR DONDE CONSTE QUE EL COMPARECIENTE ES EL PADRE DEL MENOR.
PERO SI CONSIDERO QUE ES UN EXCELENTE APORTE
HE DICHO
GRACIAS

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11 Jun 2013 16:20 #9 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: Donación Revocable y Condicional a Menor de Edad
Colegas, me encuentro muy agradecido con el aporte y las observaciones, como bien dice el proverbio biblico, "en la multitud de consejeros hay logro" (Proverbios 15:22). Lo más importante es felicitarles a todos por no ser egoístas con el conocimiento y la experiencia, poder compartirla para trabajar hombro a hombro es lo más encomiable y animador de esta honorable profesión.

Lic. Francisco William Paredes

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El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez

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