Buenas tardes colegas mi pregunta es la siguiente, puedo pedir la impugnación de un instrumento en la audiencia probatoria y de ser posible como tendría que hacerlo
Ramirez y Asociados
wsp 75944115
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Abogado Laboralista
Buenas tarde colega, yo soy de la opinión, que no obstante el CprCyM establece que podrá pedirse la no autenticidad de un documento "en cualquier parte del proceso" la misma norma aclara que esta solicitud puede pedirse pero solo antes de la audiencia probatoria, ya que establece como limite de probar esta situación es en la audiencia misma, excepto claro q se trate de un documento que no constaba en el proceso, solo en ese caso, se puede probar incluso hasta en la audiencia de sentencia
Impugnación de la autenticidad
Art. 338.- La impugnación de la autenticidad de un instrumento se hará en cualquier estado del proceso y deberá probarse, en su caso, en la audiencia probatoria.
Si se trata de un hecho nuevo o de nueva información que permita establecer la falsedad del instrumento, podrá impugnarse hasta antes de la sentencia, siempre que no se hubiera podido conocer de aquélla en su momento.
De tal suerte que si tiene tiempo ( antes de la audiencia probatoria) presente por escrito el planteamiento de las razones por las que se tiene la duda de la autenticidad del documento y solicite en el mismo que sea el juez quien le de cumplimiento a su solicitud de conformidad con los artículo 339 y 340 CprCyM...