ayuda con matrimoniio

08 Jun 2013 01:01 #1 por legallyblonde
ayuda con matrimoniio Publicado por legallyblonde
Si los contrayentes tienen hijos entre sí debo mencionarlos en el acta prematrimonial, y debo relacionar sus partidas de nacimiento?

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08 Jun 2013 01:51 #2 por esme88
Respuesta de esme88 sobre el tema Re: ayuda con matrimoniio
CLARO QUE SI DEBES MENCIONARLOS Y RELACIONARLOS CON SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO, TIENES QUE POR UN APARTADO QUE DIGA ASI.

II) QUE LOS CONTRAYENTES RECONOCEN COMO SUS HIJOS AL NIÑO ......... Y A LA NIÑA....... DE TANTOS AÑOS DE EDAD , INFANTE DEL DOMICILIO DE LA MADRE O DEL PADRE , A QUIEN POR ESTE MISMO ACTO LE CONFIEREN TODOS LOS DERECHOS QUE LA LEY LES OTORGA.

LUEGO EN LA RELACION DE DOCUMENTOS LE PONES LA PARTIDA DE LOS HIJOS.


ESPERO TE SIRVA DE ALGO.

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08 Jun 2013 02:16 #3 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: ayuda con matrimoniio
Aqui te dejo un modelo espero que te sea util....



En la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día veinticuatro de Junio del año dos mil cuatro. Ante mí, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Notario, de este domicilio, comparecen: JOSE FRANCISCO PORTILLO GUEVARA, de treinta y siete años de edad, Soltero, Motorista, de nacionalidad salvadoreño, de origen de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán; y del Domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; hijo de los Señores: JOSE ANTONIO PORTILLO, quien fue mayor de edad, Albañil, de nacionalidad Salvadoreño, de origen de Cacaopera, departamento de Morazán, ya fallecido; y ROSA EMILIA GUEVARA, mayor de edad, de Oficios Domésticos, de origen de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, del domicilio de esta ciudad; y SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANDEZ, de treinta y siete años de edad, Oficios Domésticos, Soltera, de nacionalidad Salvadoreña, de origen y Domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; hija de los señores: José Angel Villalobos, mayor de edad, Jornalero, de nacionalidad salvadoreña, de origen y domicilio de esta Ciudad, Departamento de San Miguel; y María Angélica Hernández de Villalobos, mayor de edad, de oficios domésticos, de nacionalidad salvadoreña, de origen y domicilio de esta Ciudad, Departamento de San Miguel.- Los dos comparecientes son de mi conocimiento y me presentan sus Documentos Unicos de Identidad en su orden respectivo números:Cero dos millones trescientos noventa y cinco mil setenta y dos- nueve; y Cero dos millones trescientos ochenta y cinco mil cuatrocientos treinta y uno-tres; y me MANIFESTARON: Que pretendían contraer matrimonio entre ellos, por lo cual se procedió en la siguiente forma: I)- Les leí y expliqué los artículos once; doce; catorce; quince; dieciséis; diecisiete; dieciocho; cuarenta y uno; cuarenta y dos; cuarenta y ocho; cincuenta y uno; y sesenta y dos, del Código de Familia. II)- Acto seguido los comparecientes me declararon bajo juramento su intención de contraer matrimonio entre ellos y que no tenían impedimentos legales, ni estaban sujetos a prohibición alguna al efecto.III)- Los otorgantes me expresaron que han optado como régimen patrimonial para su matrimonio el de COMUNIDAD DIFERIDA. IV)- La segunda compareciente manifestó que al casarse agregará a continuación de su primer apellido el primero de su futuro cónyuge precedido de la partícula "de". V)- Los contrayentes me expresaron que reconocen como hijos procreados en común por ellos a los menores: VICTOR MANUEL PORTILLO VILLALOBOS, quien es de catorce años de edad, Estudiante; FRANCISCO JAVIER PORTILLO VILLALOBOS, de dieciocho años de edad, Estudiante; y ROSA ANGELICA PORTILLO VILLALOBOS, de diez años de edad, Estudiante, todos de origen y domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel. SE DEBE DARSE CUMPLIMIETO A LOS ARTICULOS: CATORCE Y DIECIOCHO DE LA LEY DEL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL; se debera cancelar la partida de nacimientos y asentar una nueva, en la que se le asignaran los apellidos de los menores inscritos.VI)- Habiéndome cerciorado de la aptitud legal de los comparecientes y que no se contraviene prohibición alguna, acordé con ellos que el matrimonio se celebrase en esta ciudad, a las catorce horas del día veinticuatro de Junio del año dos mil cuatro.- Los otorgantes me presentaron las certificaciones de sus partidas de nacimientos, y la de sus menores hijos, expedidas dentro del plazo que establece el Código de Familia, las cuales se agregarán al expediente matrimonial que se inicia con esta acta, así: a) La del primer compareciente: expedida por La Jefe del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de Delicias de Concepción, departamento de Morazán, Señora SARA INES MARTINEZ, el día treinta y uno de Mayo del año dos mil cuatro, en la que consta: Que a folio ochenta y cuatro del Libro de Partidas de Nacimientos que esta Alcaldía llevo al año mil novecientos sesenta y seis, se encuentra asentada la partida Numero: ciento treinta y nueve; del Libro de Partidas de Nacimiento que esta Alcaldía llevo durante el año durante el año de mil novecientos sesenta y seis, en la que aparece que JOSE FRANCISCO POTILLO, varón, nació, a las cuatro horas del día tres de Diciembre de Mil novecientos sesenta y seis, en el Barrio el centro de esa Población; siendo hijo de los señores: José Antonio Portillo y Rosa Emilia Guevara; b) de la segunda compareciente, expedida por el Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de La Ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, por el Licenciado: Edgar Ulises Argueta Tejado, el día tres de Junio, del año dos mil cuatro, en la que consta: Partida Número setenta y ocho, Libro SIETE de Reposición de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante el año dos mil uno; se encuentra asentada la partida Numero: cuatrocientos nueve; del Libro siete de REPOSICION de Partidas de Nacimiento que esta Alcaldía llevo durante el año dos mil uno, en la que aparece que: SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANDEZ; nació el día veintiocho de Diciembre, del año mil novecientos sesenta y seis, en el Cantón Zamoran de esta Jurisdicción, Departamento de San Miguel; siendo hija de los Señores: José Angel Villalobos y María Angélica Hernández; y c) DE LOS MENORES: EL PRIMERO: VICTOR MANUEL VILLALOBOS PORTILLO, expedida por El Sub Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de San Miguel, Departamento de San Miguel; por el señor: JOSE CRISTIAN ALEXANDER ROMERO, el día tres del mes de Junio del año dos mil cuatro, en la que consta, que a folios Número:trescientos cincuenta y tres, Libro tercero de Reconocidos de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante mil novecientos noventa; se encuentra asentada la partida número trescientos cincuenta y tres, en la que consta que VICTOR MANUEL VILLALOBOS, sexo masculino, nació a las dieciocho horas, y cinco minutos, del día veintidós de enero de mil novecientos noventa, en El Hospital San Juan de Dios de esta Ciudad de San Miguel,Departamento de San Miguel; EL SEGUNDO: FRANCISCO JAVIER PORTILLO VILLALOBOS, expedida por el Sub Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel; por el señor: JOSE CRISTIAN ALEXANDER ROMERO, el día tres del mes de Junio del año dos mil cuatro, en la que consta, que a folios Número: doscientos tres, Libro quinto de Reconocidos de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante mil novecientos ochenta y cinco; se encuentra asentada la partida número doscientos tres, en la que consta que FRANCISCO JAVIER PORTILLO VILLALOBOS, sexo masculino, nació a las nueve hora con quince minutos, del día veintiocho de Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, en El Hospital San Juan de Dios, de esta Ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel; y LA TERCERA: ROSA ANGELICA PORTILLO VILLALOBOS, expedida por El Sub Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de la ciudad de San Miguel, Departamento del mismo nombre; por el señor: JOSE CRISTIAN ALEXANDER ROMERO, el día tres del mes de Junio del año dos mil cuatro, en la que consta, que a folios Número: doscientos noventa y ocho, Libro sexto de Reconocidos de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante mil novecientos noventa y tres, se encuentra asentada la partida Número: doscientos noventa y ocho, en la que consta que ROSA ANGELICA PORTILLO VILLALOBOS, sexo femenino, nació a las cinco horas, del día cinco de noviembre de mil novecientos noventa y tres, en EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS, de esta Ciudad de San Miguel, Departamento del mismo nombre; los tres siendo hijo de los señores: JOSE FRANCISCO PORTILLO GUEVARA y SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANDEZ.- Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de esta acta, que consta de tres hojas útiles, y leída que se las hube íntegramente en un solo acto, ratifican su contenido y firmamos. DOY FE.-


























NUMERO DOSCIENTOS SEIS.-LIBRO DIEZ.- MATRIMONIO CIVIL Y RECONOCIMIENTOS DE HIJOS.- En la ciudad de San Miguel, a las catorce horas del día veinticuatro de junio del año Dos Mil cuatro. Ante mí, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Notario, del domicilio de La ciudad de San Miguel, comparecen los señores: JOSE FRANCISCO PORTILLO GUEVARA, de treinta y siete años de edad, Soltero, Motorista, de nacionalidad salvadoreño, de origen de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán; y del Domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; hijo de los Señores: JOSE ANTONIO PORTILLO, quien fue mayor de edad, Albañil, de nacionalidad Salvadoreño, de origen de Cacaopera, departamento de Morazán, ya fallecido; y ROSA EMILIA GUEVARA, mayor de edad, de Oficios Domésticos, de origen de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, del domicilio de esta ciudad; y SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANDEZ, de treinta y siete años de edad, Oficios Domésticos, Soltera, de nacionalidad Salvadoreña, de origen y Domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; hija de los señores: José Angel Villalobos, mayor de edad, Jornalero, de nacionalidad salvadoreña, de origen y domicilio de esta Ciudad, Departamento de San Miguel; y María Angélica Hernández de Villalobos, mayor de edad, de oficios domésticos, de nacionalidad salvadoreña, de origen y domicilio de esta Ciudad, Departamento de San Miguel.- Los dos comparecientes son de mi conocimiento y me presentan sus Documentos Unicos de Identidad en su orden respectivo números:Cero dos millones trescientos noventa y cinco mil setenta y dos- nueve; y Cero dos millones trescientos ochenta y cinco mil cuatrocientos treinta y uno-tres; este acto público se celebró con la concurrencia de las testigos que reúnen los requisitos que la ley señala y conocen a los contrayentes; MANUEL DE JESUS GARCIA FUNES, de cuarenta y seis años de edad, Albañil, Casado, originario y del domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; persona a la que conozco e identifico en legal forma por medio de su Documento Unico de Identidad Personal Número: Cero cero ciento noventa y siete mil ochocientos treinta- tres; y LUCIA DEL CARMEN EUCEDA DE PORTILLO, de cuarenta y cuatro años de edad, Secretaria, Casada, del domicilio y Originaria de esta ciudad y departamento de San Miguel, persona a quien conozco e identifico en legal forma por medio de su Documento Unico de Identidad Personal Número: Cero dos millones setecientos cuarenta y dos mil doscientos noventa y cuatro-ocho; otorgándose el presente instrumento que contiene: I)- Según consta del acta notarial que tengo a la vista, otorgada en esta ciudad a las nueve horas del día veinticuatro de Junio del año dos Mil cuatro, ante mis propios oficios de Notario, los dos primeros comparecientes me manifestaron que pretendían contraer matrimonio entre ellos, por lo cual les leí y expliqué las disposiciones del Código de Familia que enumera el artículo veintiuno de ese mismo Código; luego de ello les recibí declaración jurada de su referida intención de contraer nupcias y de que no tenían impedimentos legales ni estaban sujetos a prohibición alguna al efecto; en dicha acta aparecen además consignados el régimen patrimonial que han acordado los contrayentes y el apellido que usará la segunda otorgante al casarse, lo cual se expresará mas adelante; y que una vez que me cercioré de la aptitud legal de los contrayentes y que no se contravenía prohibición alguna, acordé con ellos que el matrimonio se celebrase en esta ciudad, éste día y a esta hora. II)- Inicialmente hice saber a los contrayentes y testigos el objeto de la reunión; luego impuse a los primeros de la igualdad de deberes y de derechos que debe existir entre los cónyuges, y de su responsabilidad para con los hijos y los exhorté a conservar la unidad de la familia; acto continuó leí a los presentes los artículos; once; doce; catorce; quince; dieciséis; diecisiete; dieciocho; treinta y seis; y treinta y nueve del Código de Familia; cumplido con lo anterior, no habiéndoseme denunciado ningún impedimento o prohibición, y llenados los requisitos legales del caso, procedí a interrogar JOSE FRANCISCO PORTILLO GUEVARA, de esta manera: " ¿QUIERES UNIRTE EN MATRIMONIO CON SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANEZ? ", a lo que contestó:" SI QUIERO "; enseguida pregunté a SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANEZ: " ¿QUIERES UNIRTE EN MATRIMONIO CON JOSE FRANCISCO PORTILLO GUEVARA? ", a lo que ella respondió:" SI QUIERO "; recibido el consentimiento de ambos contrayentes, les dirigí las siguientes palabras: " EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, QUEDAN UNIDOS SOLEMNEMENTE EN MATRIMONIO Y ESTAN OBLIGADOS A GUARDARSE FIDELIDAD Y ASISTIRSE MUTUAMENTE EN TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA VIDA".III)- Los contrayentes me expresaron que han escogido como régimen patrimonial para su matrimonio el de COMUNIDAD DIFERIDA. IV)- La segunda compareciente manifestó, que para efectos del Artículo veintiuno de La Ley del Nombre de la Persona Natural que agregará a continuación de su primer apellido el primero de su cónyuge, precedido de la partícula "de" por lo que su nombre a partir de hoy será SANDRA ISABEL VILLALOBOS DE PORTILLO. V)- Los contrayentes me expresaron que reconocen como hijo procreado en común por ellos a los menores:VICTOR MANUEL PORTILLO VILLALOBOS, quien es de catorce años de edad, Estudiante; FRANCISCO JAVIER PORTILLO VILLALOBOS, de dieciocho años de edad, Estudiante; y ROSA ANGELICA PORTILLO VILLALOBOS, de diez años de edad, Estudiante, todos de origen y domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel.SE DEBE DARSE CUMPLIMIETO A LOS ARTICULOS: CATORCE Y DIECIOCHO DE LA LEY DEL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL; se debera cancelar la partida de nacimientos y asentar una nueva, en la que se le asignaran los apellidos de los menores inscritos.VI)- Habiéndome cerciorado de la aptitud legal de los comparecientes y que no se contraviene prohibición alguna, acordé con ellos que el matrimonio se celebrase en esta ciudad, a las catorce horas del día veinticuatro de junio del año dos mil cuatro.- Los otorgantes me presentaron las certificaciones de sus partidas de nacimiento, y la de los menores hijos, expedidas dentro del plazo que establece el Código de Familia, las cuales se agregarán al expediente matrimonial que se inicia con esta acta, así: a)La del primer compareciente: expedida por La Jefe del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de Delicias de Concepción, departamento de Morazán, Señora SARA INES MARTINEZ, el día treinta y uno de Mayo del año dos mil cuatro, en la que consta: Que a folio ochenta y cuatro del Libro de Partidas de Nacimientos que esta Alcaldía llevo al año mil novecientos sesenta y seis, se encuentra asentada la partida Numero: ciento treinta y nueve; del Libro de Partidas de Nacimiento que esta Alcaldía llevo durante el año durante el año de mil novecientos sesenta y seis, en la que aparece que JOSE FRANCISCO POTILLO, varón, nació, a las cuatro horas del día tres de Diciembre de Mil novecientos sesenta y seis, en el Barrio el centro de esa Población; siendo hijo de los señores: José Antonio Portillo y Rosa Emilia Guevara; b) de la segunda compareciente, expedida por el Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de La Ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, por el Licenciado: Edgar Ulises Argueta Tejado, el día tres de Junio, del año dos mil cuatro, en la que consta: Partida Número setenta y ocho, Libro SIETE de Reposición de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante el año dos mil uno; se encuentra asentada la partida Numero: cuatrocientos nueve; del Libro siete de REPOSICION de Partidas de Nacimiento que esta Alcaldía llevo durante el año dos mil uno, en la que aparece que: SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANDEZ; nació el día veintiocho de Diciembre, del año mil novecientos sesenta y seis, en el Cantón Zamoran de esta Jurisdicción, Departamento de San Miguel; siendo hija de los Señores: José Angel Villalobos y María Angélica Hernández; y c) DE LOS MENORES: EL PRIMERO: VICTOR MANUEL VILLALOBOS PORTILLO, expedida por El Sub Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de San Miguel, Departamento de San Miguel; por el señor: JOSE CRISTIAN ALEXANDER ROMERO, el día tres del mes de Junio del año dos mil cuatro, en la que consta, que a folios Número:trescientos cincuenta y tres, Libro tercero de Reconocidos de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante mil novecientos noventa; se encuentra asentada la partida número trescientos cincuenta y tres, en la que consta que VICTOR MANUEL VILLALOBOS, sexo masculino, nació a las dieciocho horas, y cinco minutos, del día veintidós de enero de mil novecientos noventa, en El Hospital San Juan de Dios de esta Ciudad de San Miguel,Departamento de San Miguel; EL SEGUNDO: FRANCISCO JAVIER PORTILLO VILLALOBOS, expedida por el Sub Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel; por el señor: JOSE CRISTIAN ALEXANDER ROMERO, el día tres del mes de Junio del año dos mil cuatro, en la que consta, que a folios Número: doscientos tres, Libro quinto de Reconocidos de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante mil novecientos ochenta y cinco; se encuentra asentada la partida número doscientos tres, en la que consta que FRANCISCO JAVIER PORTILLO VILLALOBOS, sexo masculino, nació a las nueve hora con quince minutos, del día veintiocho de Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, en El Hospital San Juan de Dios, de esta Ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel; y LA TERCERA: ROSA ANGELICA PORTILLO VILLALOBOS, expedida por El Sub Jefe del Registro del Estado Familiar de La Alcaldía Municipal de la ciudad de San Miguel, Departamento del mismo nombre; por el señor: JOSE CRISTIAN ALEXANDER ROMERO, el día tres del mes de Junio del año dos mil cuatro, en la que consta, que a folios Número: doscientos noventa y ocho, Libro sexto de Reconocidos de Partidas de Nacimientos del Registro del Estado Familiar, que está oficina llevo durante mil novecientos noventa y tres, se encuentra asentada la partida Número: doscientos noventa y ocho, en la que consta que ROSA ANGELICA PORTILLO VILLALOBOS, sexo femenino, nació a las cinco horas, del día cinco de noviembre de mil novecientos noventa y tres, en EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS, de esta Ciudad de San Miguel, Departamento del mismo nombre; los tres siendo hijo de los señores: JOSE FRANCISCO PORTILLO GUEVARA y SANDRA ISABEL VILLALOBOS HERNANDEZ.- Así se expresaron los comparecientes, y Yo el Notario hago constar: Que agregaré al legajo de anexos de mi Protocolo las diligencias matrimoniales, y a éstas un Testimonio de la presente Escritura; y que les expliqué los efectos legales de este instrumento, y leído que se los hube, a presencia de los testigos, íntegramente en un solo acto, ratifican su contenido y todos firmamos. DOY FE.-

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: dora emely ventura medina, eunice_gonzalez

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08 Jun 2013 04:11 #4 por Bessy Aviles de Quijano
Respuesta de Bessy Aviles de Quijano sobre el tema Re: ayuda con matrimoniio
y si los hijos en común han sido ya asentados por su padre en la partida también es necesario hacerlo constar en la escritura del matrimonio?

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08 Jun 2013 22:32 #5 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: ayuda con matrimoniio
Si ya fueron reconocidos los hijos por el padre no es necesario mencionarlos en el acta prematrimonial

Art. 21 inciso segundo.

En dicha acta se consignarán el nombre, edad, estado familiar, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio o lugar de nacimiento de cada uno de los contrayentes, así como el nombre, profesión u oficio y domicilio de sus padres, el régimen patrimonial si ya lo hubieren acordado, el apellido que usará la mujer al casarse, y en su caso, los nombres de los hijos que reconocerán en el acto de matrimonio.

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