grisolia escribió: Licencia Ramirez, gracias por orientación.
Estoy llevando un proceso de perdida de autoridad parental y en cuanto a la segunda opción que me dio si no es mucha molestia quisiera me explicara un poco mas.
Gracias de antemano
La segunda opciòn????? la de solo consignar que corresponde a la misma persona, sin necesidad de hacer una identidad????
O la de modificar y ampliar la demanda, en el sentido que de una sola vez se rectifique la partida de nacimiento del menor?????
En la primera, sucede que algunos tribunales con la vista del documento, solo quieren que se les aclare si el representante legal, y el que se consigna en los diferentes asientos de partidas son la misma persona y ya...
En el otro caso, y por Economìa procesal y siendo que las pretensiones pueden ser resueltas en el mismo tràmite; se valora la idea de pedir cosas diferentes, y hacer varias pretensiones... Una separada de la otra, en su caso si esta tramitando una perdida de autoridad parental, al decretarse se librarà oficio al Registro del Estado Familiar correspondiente, es pertinente entonces que ante la vista de los documentos, es procedente tambien peticionar que se rectifique el asiento de partida de nacimiento.
Algunos jueces, resuelven sobre la pertinencia y adminiten ambas pretensiones, asì libran un solo oficio que aclare lo de la perdida y que de una sola vez recfique el asiento de la partida de nacimiento; y se da una sola marginaciòn.
Pero hay otros jueces, que dicen que una es diligencia y otro en proceso, y que deben tramitarse por separado por lo que llenan el asiento de la partida de nacimiento del chico de marginaciones y màs marginaciones.
Por eso digo que es necesario valorar la situaciòn... y sobre todo conocer el criterio del Juez, y del tribunal...
De forma personal cuando quiero "inventar" procesos me remito a la jurisprudencia de la camara y señalo que ya se han resuelto casos similares y casi nunca me dicen que no...
Suerte...