buenas noches a todos, les pido su ayuda por lo siguiente: la medida sustitutiva que consiste en presentarse ante el juez cada quince dias, deben contarse los días de forma continua o son días hábiles?
y tal vez han tenido ud. alguna experiencia en un juzgado que me aclare esto: hoy me presente al juzgado y el imputado no se ha presentado despues de 23 días y de acuerdo al secretario tiene ¨tiene toda la semana para presentarse¨, es que a caso cada juzgado puede decidir como cuenta los días o cuando puede presentarse?
si el secretario de dice eso, búscalo y llévalo si no lo declaran rebelde y lo detienen de nuevo por incumplir una de las medidas.y ya no te lo darán en A.P. y si ellos te dan la fecha de firmar el secretario se la da al cliente.
hola gracias por la respuesta pero no me queda claro, yo soy querellante en el proceso y el imputado tiene medidas sustitutivas incluyendo la de presentarse cada 15 días, se presento el 27 de mayo o sea hace ya 23 días, yo revise el expediente y le hice ver al secretario que no constaba que se hubiera presentado nuevamente y el secretario me dijo que tenia hasta el viernes 21 para presentarse, eso es como darle 25 días para que se presente, entonces no sé que hacer si el secretario tiene esa opinión pero legalmente el imputado ya deberia haberse presentado.