alimentos

24 Jun 2013 23:42 #1 por hamita
alimentos Publicado por hamita
buenas tardes
una consulta, mi cliente, tiene a su hija viviemdo con ella, pero ella y su esposo aun no se han divorciado, y no quieren hacerlo. pero mi clienta, quiere que le establezca judiicialmente el cuido y representacion legal de la menor, que el papá que no vive con ellas, le de una cuota alimenticia, y que se le deje un regimen de visita ......, la padre, la duda que tengo co que nombre es la demanada, ,,,,, si solo es demanda por cuidado persona y representacion legal, y desgloso em ella laa cuota y regimen......o solo demando por cuota y regimen ya que la menor vive con ella

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25 Jun 2013 02:17 #2 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: alimentos
ESPERO QUE TE SIRVA ESTE MODELO Y DESPEGUE DUDAS...





Señor (a): Juez del Juzgado ______________ de Familia
De La ciudad de San Miguel.

MARIO ERNESTO
, de cuarenta años de edad, Comerciante, Casado, Originario y del domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; que me Identifico con mí Documento de Identidad Numero:
; a Ud, con el debido respeto que se merece le EXPONGO:
Por medio del presente escrito confiero PODER ESPECIFICO, amplio y suficiente en cuento a Derecho fuere necesario, a favor del Licenciado
, quien es mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel; para que en mi nombre y representación inicie, siga, concilie y fenezca Proceso Familiar de Divorcio contencioso de conformidad al Articulo Ciento seis, Numeral segundo del Código de Familia, contra mi cónyuge: OLGA
, quien es de treinta y nueve años de de edad, Profesora, Casada, Originaria de San Francisco Gotera, Morazán, y del domicilio de esta Ciudad, departamento de San Miguel; Así mismo faculto a mi Apoderado Especifico, para que pueda intervenir en Audiencia Preliminar y de Sentencia, que pueda conciliar, transija o desista, pueda admitir o negar hechos aún los personales referente al Proceso Familiar de Divorcio, todo esto de conformidad a los Artículos: Once, numeral Segundo, CIEN, Y CIENTO ONCE de La Ley Procesal de Familia.
San Miguel, a los cuatro días del mes de Marzo de año dos mil once.







SUSCRITO NOTARIO DA FE: Que la firma que antecede en Poder Especial y que se lee: “ M.E.P.G .”; ES AUTENTICA, por haber sido puesta de su puño y letra a mi presencia el Señor: MARIO ERNESTO
, de cuarenta años de edad, Comerciante, Casado, Originario y del domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; que me Identifico con mí Documento de Identidad Numero:
; En La Ciudad de San Miguel, a los cuatro días del mes de Marzo del año dos mil once.




















Señor(a): Juez del Juzgado de Familia.*
Ciudad.

I- PROCURACION:
_
, mayor de edad, Abogado, de este domicilio y origen, portador de mi Carné de Abogado Numero:
; y Numero de Identificación Tributaria: 1205-210271-001-5; a Usted con el debido respeto que se merece le MANIFIESTO: Que como tal como lo compruebo con el correspondiente testimonio del Poder Especifico, presentando original y con sus respectivas copias de las misma; actuando como Apoderado Especial del Señor: MARIO ERNESTO
, de cuarenta años de edad, Comerciante, Casado, Originario y del domicilio de esta ciudad, Departamento de San Miguel; que se Identifico con su Documento de Único de Identidad Numero:
; con residencia en Litificación Agua Fría, Cantón Hato Nuevo, Lote numero tres, de esta ciudad, Departamento de San Miguel.
II-HECHOS FUNDAMENTALES.
a)- Mí poderdante es casado civilmente con la Señora: OLGA MARINA
, quien es de treinta y nueve años de de edad, Profesora, Casada, Originaria de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, y del domicilio de esta Ciudad, con residencia en COLONIA
, de esta ciudad y departamento de San Miguel.
Ambos contrajeron matrimonio Civil, antes los Oficios del Notario: Juan Antonio López, el 11 de Noviembre 1992; SIN NINGUN TIPO DE RÉGIMEN PATRIMONIAL .- Presento como pruebas Instrumentales las siguientes: Certificación de Partida de Matrimonio; Certificación de Partidas de Nacimientos de ambos, y con sus respectivas copias de las misma .
b) Mí comitente ya antes relacionado en el presente libelo, se encuentra separado de su cónyuge, desde el mes de Agosto del año 2008, desde esa fecha hasta la actualidad tienen mas de dos año de separados, viviendo cada quien en hogares diferentes y de su propios peculio, siendo dicha separación en forma continua e interrumpida desde la fecha de separación hasta la actualidad.
c) De la unión matrimonial, mi mandante y su cónyuge ya antes relacionados estos procrearon DOS MENORES HIJOS; de nombres: MARIO ERNESTO, de doce años de edad, Estudiante, y OLGA YAMILETH, de diecisiete años de edad, Estudiante; ambos de apellidos PORTILLO MARTINES, y estudiantes, originarios y del domicilio de esta ciudad de San Miguel. Los menores antes relacionaos se encuentran residiendo con su madre. Y en este acto se agregan las partidas de nacimientos de los menores.
d)- Señor(a) Juez, me manifiesta mi representado, Cuando tuvieron en unión matrimonial, no adquirieron bienes algunos ya sean Inmuebles o muebles a sus nombres, y los que poseen lo adquirieron antes de casarse; a si mismo me dice mí mandante que no desea Pensión Compensatoria por la desintegración de su matrimonio.
III- CUOTA ALIMENTICIA, REPRESENTACIÓN LEGAL, CUIDADO PERSONAL Y RÉGIMEN DE VISITAS:
• CUOTA ALIMENTICIA: PROPONE CIEN DOLARES POR CADA UNO.
• REPRESENTACION LEGAL: QUE SEA EJERCIDA POR AMBOS.
• CUIDADO PERSONAL: MI MANDANTE PROPONE QUE LE QUEDE A LA DEMANDADA.
• REGIMEN DE VISITAS: MI MANDANTE PROPONE QUE SEA AMPLIA A SU FAVOR.
IV-EN CUANTOS A LOS MEDIOS DE PRUEBAS:
Honorable Juez, los hechos antes relacionados se fundamentan en la presente demanda y que pueden ser corroboradas por medios de las declaraciones testimoniales de los Señores: ROSA ANDINA PORTILLO DE MENDOZA, mayor de edad, Domestica, Casada, Originaria del Delicias de Concepción, Morazán y del domicilio de esta Ciudad; persona que se Identifica con su Documento Único de Identidad Numero: Cero dos millones cuatrocientos ochenta y seis mil ciento cincuenta y cuatro- uno; y JAIRO NATIVIDAD GUTIERREZ MOLINA; mayor de edad, Casado, Empleado, originario y del domicilio de esta Ciudad, ----persona que se identifica con su documento Único de Identidad Numero: Cero cero seiscientos once mil quinientos siete- tres; personas que pueden ser citadas en mi oficina jurídica, que se encuentra Ubicada en la 2da Avenida Norte y 22 C. Ote, casa 934 Bis, San Miguel.
V- PRETENCIONES.-
a)- Debido a que la separación que se hace referencia en esta demanda constituye un motivo de divorcio según lo regulado en el Artículo 106 Ordinal 2º, del Código de Familia, que mi representado a optado por obtener LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL QUE LE UNE CON SU CONYUGUE: OLGA MARINA
, de las generales antes expresadas, para que mediante declaratoria Judicial Declare Disuelto el Vinculo Matrimonial por su Autoridad.
Por lo tanto y con instrucciones expresas de mí mandante VENGA A DEMANDAR EN JUICIO FAMILIAR DE DIVORCIO A LA SEÑORA: OLGA MARINA
, para que mediante el tramite de ley, SE DICTE SENTENCIA DEFENITIVA Y DECLARE DISUELTO EL DIVORCIO ENTRE MI MANDANTE Y EL DE SU CONYUGUE, y
b)- En consecuencia de lo antes mencionado Señor(a) Juez, y con el debido respeto que se merece le PIDO:
1º.- Se me admita la presente demanda y los documentos que la acompañan, y con sus respectivas copias debidamente certificadas para que se agreguen a esta.
2º.- Se me tenga por parte en el carácter en que comparezco y que se le EMPLACE LEGALMENTE A LA DEMANDADA: OLGA MARINA
, quien es mayor de de edad, Profesora, Casada, del domicilio de esta Ciudad; y quien se encuentra residiendo en Colonia López Final Segunda Avenida Norte, Primer Pasaje,
de esta ciudad.- Y se fijen las audiencias con sus respectivas notificaciones, de su día, hora y en base a las pruebas aportadas dicte resolución entre mi mandante y de su cónyuge antes relacionados en la presente demanda.
VI- LUGAR PARA OIR NOTIFICACIONES.
Señalo para oír notificaciones en Oficina Jurídica
, de esta ciudad.
Declaro bajo juramento que no me encuentro inhabilitado para ejercer la Procuración, ni por lo regulado en los Artículos sesenta y siete, sesenta y ocho y siguientes del nueve del Código de Procedimientos Civiles y Mercantiles.
San Miguel, cuatro día del mes de Marzo del año dos mil once.-

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: dora emely ventura medina

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25 Jun 2013 02:50 #3 por dora emely ventura medina
Respuesta de dora emely ventura medina sobre el tema Re: alimentos
Muy buen aporte.

Salmos 15:2-5
"El que anda en integridad y hace justicia, Y habla verdad en su corazón. - El que no calumnia con su lengua, Ni hace mal a su prójimo, Ni admite reproche alguno contra su vecino. Aquel a cuyos ojos el vil es menospreciado, Pero honra a los que temen a yavé.El que hace estas cosas,...

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