Qusiera saber su opinión respecto de un caso, que expongo a continuación:
"A" le presta un servicio de asistencia de vehiculos (reparación, mantenimiento, etc) a "B", y esta ya no quiere conservar dicho negocio por lo que decide venderselo a "C", mi pregunta es, en verdad esta es una compraventa? o bajo que contrato podría acoplarse?.
Aclaro que "A" solo es propietaria del servicio que le presta a "B", ya que no tiene establecimienton comercial, ni herramientas.
No se entiende muy bien el rol de B; además no has establecido si C es un agente de comercio constituido legalemente!!! pues de ser C una sociedad legalmente constituida puedes irte por la figura legal de la fusión ojo solo si C es una sociedad ya constituida puede absorber a B. base legal 315 código de comercio.
El negocio o contrato a celebrar es entre "A" (quien presta el servicio) y "C" (quien va a comprar el acuerdo o negocio que tiene "A" con "B") y ambos son comerciantes individuales, "B" solo es quien goza del servicio (cliente, que es un sociedad).
Además ni "A" ni "C" son comerciales legalmente constituidos.
Recordemos que la COMPRAVENTA DE EMPRESA o algunos lo llaman VENTA DEL DERECHO DE LLAVE conlleva la venta de todos los DERECHO Y OBLIGACIONES en ese sentido si A vende la EMPRESAS y existe un contrato de SUMINISTRO con B, el comprador C debera de continuar prestando el Servicio, ya que C a adquirido los DERECHOS Y OBLIGACIONES que A tenia por ende LA PRESTACION DE SERVICIO LA DEBE DE SEGUIR DANDO C a B, Salvo que no exista contrato alguno C puede modificar las Reglas
Haz una cesión de derecho (es decir A cede el derecho de prestación de servicios que le brinda a B a favor de C) no puede ser compraventa de empresa pues en este caso especifico debería de haber establecimiento y local además de que tendría que tener personería jurídica A para realizar una venta de la empresa. Es mi apreciación y punto de vista. saludos cordiales
si A no esta establecido legalmente como un agente de comercio, donde les da el mantenimiento y reparacion de los vehiculos, en la calle? si es tan gracioso el ejemplo entonces seria una cesion de los servicios profesionales que presta A
Ramirez y Asociados
wsp 75944115
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Abogado Laboralista
Con agente de comercio no establecido legalmente, me refiero a que no tiene matricula de empresa, como lo determina el Código de Comercio y no presta sus servicios en la calle, arrenda local, herramientas y todo lo que necesita para prestar el servicio.