Consulta

22 Nov 2012 04:25 #1 por Irish
Consulta Publicado por Irish
¿Puede un notario autorizar Poder a favor de sí mismo a petición de su cliente?

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22 Nov 2012 10:02 #2 por cordobias
Respuesta de cordobias sobre el tema Re: Consulta
No, lo que puede hacer es, otrogarlo a favor de algun colega estableciendo en dicho poder que se pude sustituir y luego éste que lo sustituya a favor del notario ante quie se otroga el poder.
Saludos
El siguiente usuario dijo gracias: Irish

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22 Nov 2012 12:22 #3 por Opinión
Respuesta de Opinión sobre el tema Re: Consulta
No puede. Art. 9 Ley de Notariado.- "Se prohíbe especialmente a los Notarios, autorizar instrumentos en que resulte o pueda resultar algún provecho directo para ellos mismos.." "...La violación a lo preceptuado en este artículo producirá la nulidad del instrumento".

Puede hacer lo que el colega cordobias te dice o bien de una sola vez otorgar el poder a favor del notario interesado en el protocolo de otro notario.

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22 Nov 2012 12:51 #4 por Jorge Aguilar
Respuesta de Jorge Aguilar sobre el tema Re: Consulta
No puede. Art. 9 Ley de Notariado.- "Se prohíbe especialmente a los Notarios, autorizar instrumentos en que resulte o pueda resultar algún provecho directo para ellos mismos.." "...La violación a lo preceptuado en este artículo producirá la nulidad del instrumento".

Puede hacer lo que el colega cordobias te dice o bien de una sola vez otorgar el poder a favor del notario interesado en el protocolo de otro notario.

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22 Nov 2012 14:43 - 22 Nov 2012 14:43 #5 por Bayona
Respuesta de Bayona sobre el tema Re: Consulta

Jorge Aguilar escribió: No puede. Art. 9 Ley de Notariado.- "Se prohíbe especialmente a los Notarios, autorizar instrumentos en que resulte o pueda resultar algún provecho directo para ellos mismos.." "...La violación a lo preceptuado en este artículo producirá la nulidad del instrumento".

Puede hacer lo que el colega cordobias te dice o bien de una sola vez otorgar el poder a favor del notario interesado en el protocolo de otro notario.

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Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
El siguiente usuario dijo gracias: Opinión

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22 Nov 2012 18:02 #6 por Lis
Respuesta de Lis sobre el tema Re: Consulta
No se si comprendí bien la pregunta, pero lo que si entiendo es que el cliente puede otorgar poder al notario, y este último redactarlo en su protocolo.

“Eres lo que eres y estas donde estas por lo que has puesto en tu mente, puedes cambiar lo que eres, puedes cambiar donde estas cambiando lo que pongas en tu mente”
Zig Ziglar

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22 Nov 2012 18:07 #7 por jsdh
Respuesta de jsdh sobre el tema Re: Consulta
No se puede lo que debe de haçer es lo que estableçe el segundo çplega que partiçipo
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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23 Nov 2012 04:03 #8 por Opinión
Respuesta de Opinión sobre el tema Re: Consulta
Jajajajajaj estuvo buena esa!

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26 Nov 2012 20:14 #9 por marlon_cabrer
Respuesta de marlon_cabrer sobre el tema Re: Consulta
no oo puede realizar

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06 Dic 2012 14:06 #10 por cordobias
Respuesta de cordobias sobre el tema Re: Consulta
Consejo, cuando a un colega le respondamos un """"no puede"""", digamosle por que no puede y que es lo que debe hacer, pues todos necesitamos de los aportes de los demás.
Saludos

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06 Dic 2012 14:22 - 06 Dic 2012 14:49 #11 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: Consulta
Buenos Dìas....

Ya han dicho que no se puede... y que la base legal esta en el art. 9 de la Ley de Notariado..

Mi participaciòn en el tema es para darle un karma positivo a "cordobìas" porque esta muy "simpatico" el super abogado.... :laugh: :laugh: :laugh:
El siguiente usuario dijo gracias: karen1708

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06 Dic 2012 14:52 #12 por karen1708
Respuesta de karen1708 sobre el tema Re: Consulta
Es algo nuevo que aprndi aqui, gracias por sus aportes

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