Derecho Penintenciario

21 Ene 2012 23:45 #1 por rem01juris
Derecho Penintenciario Publicado por rem01juris
Buenas tardes colegas les deseo existos en sus labores diarias.-
Necesito ayuda con el siguiente caso de un reo que esta cumpliendo su pena por el delito de hurto el juzgado de vigilancia penintenciaria lo mando a cumplir su pena en centro penal de mariona tiene un año de cumplimiento de su pena que es de 5 años y esta en aislamiento por que fue testigo criteriado de la fiscalia y por tal razon esta en esa area y no se a podido incorporar a los talleres por que este en los primeros días de haber sido trasladado a mariona sufrio un atentando en contra de su vida por que fue reconocido por los reos que declaro en contra de estos como testigo criteriado por tal razon esta en aislamiento, el padre del reo me preguntan si se puede pedir el traslado para otro penal para que se pueda incorporarse a los programas de reinserción social el es originario de san miguel y su familia reside en san miguel y por lo tanto no tiene vistas por que el padre no puede ir hasta san salvador a visitarlo por ser de escasos recurso economicos, mi pregunta es si se puede pedir el traslado al penal de san miguel para que pueda tener la vista de sus familiares y se pueda incorporar a los programas de reinserción social y ante quien se realiza este procedimiento.-
De ante mano muchas gracias por la ayuda y las sugerencias colegas.-

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Ene 2012 04:29 #2 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: Derecho Penintenciario
Art.91 de la ley penitenciaria, podes solicitarlo al Director General de Centros penales y al Equipo tecnico criminologico para que lo haga saber al Concejo Criminologico Regional.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Ene 2012 21:13 #3 por rem01juris
Respuesta de rem01juris sobre el tema Re: Derecho Penintenciario
Gracias colega por la ayuda leere el articulo 91 y te aviso como salgo con el caso

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.202 segundos
Gracias a Foro Kunena