Trabajo Infantil. Convenio 182 de la OIT

17 Ene 2012 16:13 #1 por MarioHdz83
Trabajo Infantil. Convenio 182 de la OIT Publicado por MarioHdz83
El Trabajo Infantil en El Salvador, ataca a un gran número de población infantil. Llegando para el año 2010, segun la Encuesta de Hogares de Propósitos Multiples, a 177,070 los Niños, Niñas y Adolescentes que desarrollaban alguna actividad laboral.

2008 2009 2010
Asala. Temporal 36,455 36,325 38,404
Asala. Permanente 18,661 15,248 11,831
Fam. No Remunerado 116,055 117,320 107,885
Cuenta Propia 9,096 9,254 10,831
Servicio Doméstico 5,370 5,560 5,439
Otros 4,888 5,177 2,680
TOTALES 190,525 188,884 177,070


El tema del cuál escribo, incluye conceptualizaciones que la mayor cantidad de las veces se dan por sentado, por ejemplo: "niño"; "trabajo"; "Trabajo Infantil" y "Peores Formas del Trabajo Infantil".

Al haber comenzado con un panorama histórico de lo que los instrumentos de medición nacional han recopilado en relación al tema del Trabajo Infantil y continuado con la nominación de conceptos, la ruta lógica nos lleva a la explicación de éstos.

Niño: Toda persona Menor de 18 años. El término niño, ya no es visto como un genérico para la nominación de "persona". A partir de la teoría de la Protección Integral de Derechos, han de nominarse todos los sujetos de la acción, es decir, no basta decir: "niño". Sino que habrá que agregar al resto de sujetos, con sus respectivos géneros, por sus particularidades y singularidades. Ejem.: Niño, Niña y Adolescente.

Trabajo: Normalmente éste es visto como una relación de dependencia, entre el patrono y el empleado. Sin embargo, tambien existe el trabajo reproductivo, en el que no se generan ninguna ganancia económica, ni se posee un patrono, ni una jornada laboral determinada. Es así que para efectos del presente, hemos de entender el trabajo en su sentido amplio, como la ejecución de tareas que implican algun esfuerzo físico o mental y que tienen como objetivo la producción o el cuidado personal.

Trabajo Infantil: Trabajo infantil, se le denomina a toda actividad laboral desarrollada por Niños, Niñas y/o Adolescentes que aun no cumplen con la edad mínima de admisión al empleo (14 años).

Peores Formas de Trabajo Infantil: Estas incluyen a todo Niño, Niña o Adolescente que desarrolle cualquier actividad que pueda enmarcarse dentro de los literales a),b), c) y d), del Convenio 182 de la OIT.

El Convenio No. 182 de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a la Eliminación Progresiva del Trabajo Infantil, nomina en su Artículo 3, los tipos de "peores formas de trabajo infantil", a saber:

a)Esclavitud y formas análogas;
b)Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes;
c)Actividades ilicitas y delictivas; y
d)Trabajo Peligroso e Insalubre, por su naturaleza y/o condición.
El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez

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17 Ene 2012 16:15 #2 por MarioHdz83
Respuesta de MarioHdz83 sobre el tema Re: Trabajo Infantil. Convenio 182 de la OIT
Aquí pueden encontrar el texto del Convenio, su recomendación y un listado de los países que le han ratificado


www.ilo.org/ipec/facts/ILOconventionsonc...r/lang--es/index.htm
El siguiente usuario dijo gracias: H31D

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