UNA CONSULTA COLEGAS NECESITO SABER COMO HACER PARA CAMBIAR EL REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO, YA QUE MI CLIENTE LO QUIERE CAMBIAR AUN ESTANDO CASADOS TODAVIA...SIN DISOLVER CLARO SU MATRIMONIO.. SE PUEDE MEDIANTE UNA CONVENCION O DE Q FORMA????
Si, efectivamentemente, Art. 44 del Código de Familia faculta a los cónyuges que, de común acuerdo, y en cualquier tiempo, modificar o sustituir el régimen que hubieren adoptado, así como el supletorio, previo el trámite de disolución y liquidación del régimen existente, cuando sea del caso, el cual surtirá efecto entre los cónyuges desde que se modifique o se sustituya. La forma en que debe de hacerse es mediante capitulaciones matrimoniales. Esto es, según el artículo 84 del mismo cuerpo normativo, CONVENIOS CELEBRADOS PARA DETERMINAR, MODIFICAR Y SUSTITUIR EL RÉGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO. Estos se realizan ante Notario, por medio de escritura pública, o en acta ante la Profuraduría General de la república (Art. 85 CFam). Muchos éxitos!!
es el caso que mis clientes ya estan casados, y se quieren cambiar de regimen, sin divorcio solo cambio de regimen, que prosigue despues de elaborar la escritura,
liclopezan@elsalvadorlex escribió: es el caso que mis clientes ya estan casados, y se quieren cambiar de regimen, sin divorcio solo cambio de regimen, que prosigue despues de elaborar la escritura,
Heeee¡¡¡¡
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