Consulta Urgente Confidenciales

20 Mar 2012 12:31 - 20 Mar 2012 16:30 #1 por Herson Henriquez
Consulta Urgente Confidenciales Publicado por Herson Henriquez
Buenos dias comunidad El Salvador lex, quiero que me ayuden con la siguiente consulta, el caso es que a un recien graduado de Licenciatura en Ciencias Juridicas, el cual esta a punto de iniciar su tramite de autorizacion el dia de ayer me consulto algo de lo que quisiera estar seguro, el caso es que el en el año 1996 junto a su ex esposa procreo un menor, en el año 1999 se divorcio de la esposa,en dicho proceso de divorcio le quedo una cuota alimenticia voluntaria de $57.14 al mes la cual descontaban en su plamilla donde trabajaba, el caso es que el dejo de trabajar en el 2001, luego se reincorporo en el 2003 a trabajar y ya nunca le descotaron la cuota en relacion, ni hubo reclamo al respecto, el menor desde los trece años ahora tiene 17 fue sacado con un permiso de la procuraduria por la madre hacia los estados unidos, donde ahora recide, el menor se ha incorporado a la mara 18 en ese pais y ademas de eso tien un menor hijo de ocho meses, ahora bien la persona que me consulto tiene temor que al presentar las confidenciales le detengan el proceso de autorizacion como abogado, sin embargo yo recuerdo que las cuotas alimenticias prescriben a los dos años de no haber sido reclamadas, no hay posibilidad de negociacion con su ex esposa y la cantidad a la que asiende las cuotas dejadas de pagar a la fecha es de casi 10,000 dolares segun los calculos que sacamos el dia de ayer, en el supuesto que las cuotas dejadas de reclamar prescriben en el plazo de dos años contados a partir del dia que dejaron de cobrarse Art 261 codigo de familia, cual seria el procedimeinto para hacer valer esta disposicion?, que alternativa le queda a esta persona si no tiene los recuros como pagar?, el expediente se encuentra en la procuraduria de San Miguel sera posible que le salga mancahen la confiencial si el reside en san salvador?, en relacion a la conducta, la Paternidad y el lugar de residencia de el menor hijo que se podria alegar o hacer? y por ultimo cual seria la sugerencia y comentarios para que esta persona no tenga inpedimento para autorizarse, en el entendido que el no posee dinero como para pagar la cantidad mencionada si no se le aplica el supuesto del articulo 261 familia.
gracias por sus comentarios

Lic. Herson Asbel Henriquez Villegas

Timoteo 1:8 Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente;conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y...

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20 Mar 2012 16:17 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
Pues le explico lo que conozco al respecto colega:

Los procesos administrativos no se siguen de oficio... En principio la obligaciòn de informar a la PGR sobre las cuotas alimenticias se da a raìz de unas reformas al Còdigo de Familia, y no desde la vigencia del Còdigo; es decir que lo màs probable es que la PGR, no tenga registro de la obligaciòn que se tenìa el pago de la cuotas.
Sugiero ir a la PGR a solicitar una solvencia, expresandose que dicho documento se ha solicitado para realizar un tràmite bancario; y ahì se dara cuenta cual es su situaciòn... Lo màs probable es que no aparezca en los registros como moroso.

Entiendo que ahora los confidenciales son como diez o menos los que les entregan y solo corresponden al domicilio actual del colega abogado; y si es originario de otro Departamento o Municipio pues solo esos...

Con relaciòn a la prescripciòn de las cuotas alimenticias la situaciòn no es tan fàcil; porque existiò una sentencia donde se establecio una cantidad de dinero en concepto de alimentos; y esa cuota puede modificarse a travès de otros proceso... precisamente de modificaciòn de sentencia (83 LPF); y aun cuando el tiempo transcurra la sentencia aùn es firme y debe cumplirse...

Ahora lo que se puede cobrar ese es otro asunto; y se puede hacer valer la disposiciòn que se hace de la prescripciòn de alimentos, cuando a este se le demande en un incidente de ejecusiòn de sentencia... Y si no tuviese los recursos para pagar en una cuota; se le imponen cuotas...

Pero considero que lo primero que se debe hacer es verificar si en la PGR le extenderìan la bendita solvencia, y por el tiempo transcurrido creo que no habrìa ningùn problema...

Si no es asì el colega tendria que hacer un proceso de modificaciòn de sentencia, en lo relacionado a la cuantìa de alimentos; alegar la prescripciòn y obligarse al pago de la mora de los años que le corresponderìa y siendo que la contraparte es el hijo aùn menor de edad, del cual entiendo se desconoce el domicilio, pues tendrìa que hacerse de conformidad a lo establecido en el àrtìculo 34 inciso 4º...

Ahora no entiendo que tiene que ver la Fiscalìa de San Miguel???? se le siguio algùn proceso penal por incumplimiento en el deber de asistencia econòmica????

Porque si no se le siguio ningùn proceso penal; pues no tendrà ningùn problema, en el confidencial que extienden...

Y el problema no serìa si no tiene para pagar... Porque debera preocuparse de eso si existe una persona que le este cobrando la mora; pero si no le cobra nadie; puesss??????
Ahora si existe quien le cobre; ni modo tendra que ver la forma y cuantìa de cancelar la mora que existe...

Suerte...

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20 Mar 2012 16:29 #3 por Herson Henriquez
Respuesta de Herson Henriquez sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
pues no nadie le esta cobrando, el problema que ve venir el es en relacion a la mora que le saldra en la PGR sobre las cuotas dejadas de cancelar desde la fecha en que quedo cesante por alli creo que va la cosa en relacion a lo de san miguel yo me equivoque era procuraduria no fiscalia.

Lic. Herson Asbel Henriquez Villegas

Timoteo 1:8 Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente;conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y...

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20 Mar 2012 16:44 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
oooookkkk...

Pues como digo... Las obligaciòn que los jueces de familia tienen de informar a la PGR de las obligaciones econòmicas impuestas para que lleven su "banco de datos" se da partir de unas reformas creo que en el 2004... cuando se da la obligaciòn de presentar las declaraciones juradas...

Pero antes de esa fecha no se informaba a la PGR... Surgira el problema si este colega, tomo la decisiòn que al realizar el descuento en su salario decidiò que se remitiera a la PGR; entonces si existe un expediente donde el resulta como obligado... Tendra entonces que iniciar ese proceso de modificaciòn de sentencia, para que al finalizar este pida al Juez, que remita oficio a la PGR, para que actualice su estado si es que resulta que por no haber quien le cobre la mora, pues el pago se suspende..

Por eso sugerìa que se intentara tramitar una solvencia de la PGR, argumentando que se ha requerido en tramite bancario y veremos que resulta... Porque si todo eso sucediò en San Miguel, es menos la probabilidad que aquì en San Salvador, se tenga registro de ese proceso...

Suerte...

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20 Mar 2012 20:23 - 20 Mar 2012 20:26 #5 por Herson Henriquez
Respuesta de Herson Henriquez sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
gracias por tus comentarios espero que surjan mas comentarios para poder orientar a este chico la verdad es un caso dificil pienso para el, el problema es ese que el pidio que se le descontara atraves de procuraduria, cuando fue el divorcio.

Lic. Herson Asbel Henriquez Villegas

Timoteo 1:8 Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente;conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y...

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21 Mar 2012 15:11 #6 por Herson Henriquez
Respuesta de Herson Henriquez sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
ojala y puedan aportar mas ideas los colegas de el salvador lex

Lic. Herson Asbel Henriquez Villegas

Timoteo 1:8 Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente;conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y...

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21 Mar 2012 20:36 #7 por rosy rivas
Respuesta de rosy rivas sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
Hola, es muy interesante el tema expuesto, y las respuesta muy acertada por el compañero NVramirez.

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21 Mar 2012 23:20 #8 por Herson Henriquez
Respuesta de Herson Henriquez sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
gracias ojala aporten mas a este tema

Lic. Herson Asbel Henriquez Villegas

Timoteo 1:8 Pero sabemos que la ley es buena, si uno la usa legítimamente;conociendo esto, que la ley no fue dada para el justo, sino para los transgresores y desobedientes, para los impíos y pecadores, para los irreverentes y profanos, para los parricidas y...

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22 Mar 2012 02:38 #9 por El Justo Zamora
Respuesta de El Justo Zamora sobre el tema Re: Consulta Urgente Confidenciales
es facil compa, el clavo le va a salir en la PGR, y no se va apoder autorizar hasta que de una respuesta convincente, que cuesta cuando ya son causas fenecidas, no digamos en el caso que nos ocupa...

Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.

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