URGENTE CASO PENAL SARGENTO DEL EJERCITO

21 Abr 2012 19:45 #1 por macizo
Soy practicante, es el caso que detuvieron a un Sargento del ejercito, con el arma a su nombre es decir con su licencia y matricula respectiva,fue detenido infraganti por la PNC, cuando el sargento iba en estado de ebriedad en un transporte colectivo, por lo que la PNC, lo detuvo en flagrancia,ya que un pasajero informo que alguien que iba adentro en la unidad iba armado y en estado de ebriedad, la PNC le decomiso el arma, un cargador, y 15 cartuchos, la fiscalia solicito un proceso sumario y también pidió la instrucción formal con detención profesional, no se le puede aplicar el procedimiento abreviado, ya que lo condenarían y esto afectaría su situación de alta en el ejercito, la fiscalia le atribuye el delito de TENENCIA, PORTACIÓN O CONDUCCIÓN ILEGAL O IRRESPONSABLE DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el Art. 346-13 del Código Penal, la juez dicto instrucción formal pero sin detencion provisional, que salidas alternas caben en el presente caso excluyendo el proceso abreviado y sin que lo condenen. gracias.- recordad que el es esta activo el el ejercito, sin que dicha salida alterna le afecte su situacion juridica. gracias.

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22 Abr 2012 02:28 #2 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: URGENTE CASO PENAL SARGENTO DEL EJERCITO
Pues segun como planteas el caso, si lo detuvieron con el arma y los cartuchos, pero tenia la licencia y matricula en su poder, el caso es atipico, por lo menos con relacion al literal a del articulo 346-B, ahora es necesario saber si al sargento al momento de habersele detenido, se le práctico la prueba de alcohol test o alcoholemia, eso esta en la ley de transito, porque solo de esa manera se puede acreditar su estado de ebriedad, sino consta eso en el proceso, tambien es atípico, dado que no se reunen los elementos del tipo penal del art.346-B del código penal, pues la tenencia, la portacion y la conducción no es ilegal ni irresponsable en esos casos. Si te fijas la jueza dicto instruccion formal sin detencion provisional, de conformidad al codigo penal este delito es grave porque excede los tres años de prision, sin embargo el juez no le impuso medida cautelar alguna, para la siguiente audiencia lo que debes presentar es la documentacion que acredite la tenencia, conduccion y portacion del arma de manera legal y si consta esa documentacion y de igual forma en el proceso no consta mediante la prueba pericial respectiva que estaba en estado de ebriedad, alega atipicidad de la acción, la ley ya dice que el alcoholtest no basta para ello, es necesaria la prueba de alcoholemia para tener configurados todos los elementos del tipo penal, en la audiencia alega la atipicidad y pide sobreseimiento definitivo, pues si no se lo concedieron es porque el estupido art. 350 del codigo procesal penal no permite al juez de paz hacerlo, pero si se puede pedir en la instruccion, claro si consta en el proceso solo te toca el abreviado, o esperar la vista publica, y esperar que le apliquen una pena de tres años y en consecuencia le apliquen la suspension condicional de la ejecucion de la pena Art. 77 del código penal. Recomiendo que leas los articulos 64 y siguientes de la Ley de Transporte terrestre, transito y seguridad vial, y 171 y siguientes del reglamento general de la Ley de Transporte terrestre, transito y seguridad vial, solo para que te ilustres de que si es necesaria esa prueba para tener certeza acerca de los hechos que se le imputan y asi lograr una condena. Espero le haya servido, Suerte colega.

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El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Bayona

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15 Ene 2013 18:23 #3 por macizo
Respuesta de macizo sobre el tema Re: URGENTE CASO PENAL SARGENTO DEL EJERCITO
hola gracias por tu Aporte, resulta ser que salió no también se le aplico un Procedimiento abreviado, pero en el Ministerio de la Defensa le estaban haciendo un estudio para ver si le daban baja, se le aplico el abreviado porque el imputado dijo que ya no quería continuar más con el proceso y que iba a declarar, era su derecho, a parte de eso, a el lo tenía custodiado la Policía Militar y estaba arrestado en una guarnición militar, mientras se le seguía el proceso penal, se le explico lo que conllevaba la aplicación de ese procedimiento y acepto, pues el dijo que ya no quería estar en eso. así es que lo condenaron, le pusieron medidas y bajo periodo de prueba. pero anda en libertad, pero al parecer no se si le dieron la baja en la Fuerza Armada, pues esos tramites de baja se realizan conforme al Código de Justicia Militar, y el Centro de Practica de la Universidad tiene sus limites.- Gracias Colega, en efecto lo de la alcoholemia es lo idóneo en este caso, platique con un juez de paz y dijo que cuando al Juzgado de el llegaban con alcohol test, no era prueba idónea, si no que debe de ser la alcoholemia( en sangre) nuevamente gracias colega.-

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15 Ene 2013 18:40 #4 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: URGENTE CASO PENAL SARGENTO DEL EJERCITO
De nada colega estamos para ayudarnos en lo que podamos, ademas cada caso es una oportunidad de aprender o reforzar lo que hemos aprendido. Exitos colega.

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El siguiente usuario dijo gracias: macizo

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