ayuda con procesal penal!!

19 Sep 2012 14:30 #1 por Flowers91
ayuda con procesal penal!! Publicado por Flowers91
1..Cual es la diferencia entre un perito y un comsultor tecnico, segun el codigo procesal penal??

2..en que momento puede intervenir en el proceso cada uno de ellos.?

Favor mencionar dispociciones legales. Gracias!!!!

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19 Sep 2012 16:59 #2 por simeon
Respuesta de simeon sobre el tema Re: ayuda con procesal penal!!
consultores técnicos:
Art. 127 Pr. Pn.
Peritos:
226 y Sigu. Pr. pn.
diferencia:
su participación judicial.
pongamos un ejemplo:
Eres defensor en un caso de homicidio culposo por mala praxis en contra de un médico.
obviamente, no eres experto en la terminología médica.
entonces, puedes tener un doctor que te aclare términos que tú no conoces, dentro de la audiencia. pero no tiene participación en el proceso como medio de prueba, no realiza un estudio sobre un objeto de prueba, sólo está para asesorarte en su materia específica

perito:
el Médico forense de medicina legal que hace la autopsia del cadáver de la víctima, o que examina el expediente del paciente, para determinar responsabilidades según los parámetros que tienen los médicos, que les llaman "Normativas", y otros conceptos similires.

el consultor técnico no tiene participación en la audiencia, es para asesorarte a tí,
el perito como medio y órgano de prueba, elabora un "dictamen" por ejemplo: Tanatocronotodiagnostico, (tiempo de muerte de la victima) que va dentro de la autopsia, peritaje sobre el expediente clínico para determinar responsabilidades.
En la Vista Pública, él será interrogado para que explique su dictamen, esa es la participación del perito.
espero te sirva.
si es así, dale click a agradecer, por fa.
Bendiciones.
El siguiente usuario dijo gracias: Flowers91, Bayona, Anónimo 77

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