DILIGENCIAS DE UTILIDAD Y NECESIDAD DE UN MENOR??

14 Oct 2012 04:06 #1 por CESG
COLEGAS QUE VISITAN ESTE SITIO WEB QUE ES D GRAN UTILIDAD....

LES TENGO UNA CONSULTA??

1- En que consiste el procedimiento judicial de diligencias de utilidad y necesidad en los bienes de un menor de edad??
2- Que procedimiento se debe de seguir cuando se desea transferir e inscribir en el Registro de la propiedad un inmueble urbano pero el bien es de un menor?

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Oct 2012 14:15 #2 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: DILIGENCIAS DE UTILIDAD Y NECESIDAD DE UN MENOR??
El ejercicio de la autoridad parental en sus diferentes manifestaciones, pretende en su conjunto garantizar un adecuado desarrollo de la personalidad de los menores, que de cometerse irregularidades en su ejercicio acarrea responsabilidad para los padres.
En relación a la administración de los bienes del hijo, como una protección de los mismos, el Art. 230 C. F. establece que los padres no podrán disponer de los bienes de sus hijos, sin que preceda autorización del Juez, "quien sólo la dará cuando se acredite la necesidad o la utilidad manifiesta de la operación". Esta situación era ya regulada por el Código Civil, pero la innovación en el Código de Familia radica en el valor que servirá de base al remate, cuando la autorización fuere para vender, la cual será el valor que los peritos asignaren a los bienes, y no las dos terceras partes del valúo como se disponía en la normativa anterior. Además, en caso de venta, faculta en primer lugar al Juez, para que controle que el producto de dicha venta se invierta en aquello que él autorice, quiere decir, que la función del Juez no se limita a autorizar la venta, sino que trasciende hasta más allá de la ejecución de la sentencia, inclusive debe ordenar que el saldo, si lo hubiere, sea depositado de inmediato en una institución de crédito a favor del menor y utilizarlo para lo que mejor convenga a éste. Y es en este aspecto donde la ley le da una mayor responsabilidad y protagonismo al Procurador General de la República, quien deberá velar por los intereses del menor. Art. 231 C. F.. Este mismo precepto estipula que "los padres que destinaren el producto de la venta o el monto del crédito a fines diferentes de los autorizados, serán responsables conforme a la ley y deberán indemnizar al hijo por los daños que le causaren".
I73-A-99
CAMARA DE FAMILIA DE LA SECCION DEL CENTRO: SAN SALVADOR, A LAS DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIA TREINTA DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Oct 2012 14:31 #3 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: DILIGENCIAS DE UTILIDAD Y NECESIDAD DE UN MENOR??
Aaa y aquí t dejo esta solicitud q fue subida por el o la forista águila city..

SEÑOR JUEZ
DE FAMILIA.
SAN MIGUEL.

, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, con Carnet de Abogado número:
, y Número de Identificación Tributaria:
; y sin ninguna de las inhabilidades enumeradas en el Articulo Sesenta y siete del Código Procesal Civil y Mercantil para el ejercicio de la procuración, y el Diez de la Ley Procesal de Familia, a Usted respetuosamente MANIFIESTO:

I-) PERSONERÍA:
Que tal como lo compruebo con el Testimonio de Escritura Publica de Poder General Judicial otorgado a mi favor, soy Apoderado General Judicial de la señora
, de treinta y tres años de edad, Costurera, de este origen y domicilio, con Documento Único de Identidad Número: cero
; Poder que presento en original y fotocopia para que después de ser confrontados entre si se me devuelva el original y la fotocopia se agregue al Proceso; quien actúa por si y en representación de sus menores hijos
, de nueve años de edad,
, de once años de edad,
, de trece años de edad, y
, de quince años de edad, todos Estudiantes y de apellidos
, con residencia en
, San Miguel.

Que mi patrocinada es la madre y por consiguiente representante legal de los menores
; tal como lo compruebo con las Certificaciones de Partida de Nacimiento de los menores en referencia; y de la señora
como madre de los menores referidos, Partidas que presento en original y fotocopia para que después de ser confrontadas entre sí se me devuelva el original y la fotocopia se agregue al proceso.

II-) RELACIÓN DE LOS HECHOS:
Que según Escritura Publica de Compraventa de inmueble otorgada por el señor
, mi patrocinada y sus representados son dueños en proindivisión y por partes iguales del siguiente inmueble:
. Inscrito en el Registro Social de Inmueble Asiento Número
de la Matricula Número M
, del departamento de San Miguel. Escritura Publica que le presento en original y fotocopia para que después de ser confrontados entre si me devuelva el original y la fotocopia se agregue al proceso.

Siendo que mi representada como madre y representante legal de los menores
, desea sufragar gastos de crianza, educación, así como de otros de los referidos menores y careciendo de recursos económicos necesarios, necesita vender dicho inmueble antes descrito que les corresponde en proindivisión y por partes iguales; por lo que de conformidad con el Artículo Ochocientos Dieciséis del Código de Procedimientos Civiles, vengo a promover DILIGENCIAS DE UTILIDAD Y NECESIDAD, a fin de que se le autorice a mi poderdante vender con los derechos de los menores el inmueble antes descrito y que según la inscripción antes relacionada les pertenece.
III) OFRECIMIENTO DE PRUEBA:
En caso de ser necesario le ofrezco presentar a las testigos
, de cincuenta y siete años de edad, Profesora de Ciencias Sociales, de este origen y domicilio, quien puede ser citada en
, San Miguel y
, de veintinueve años de edad, Secretaria, de este origen y domicilio, quien puede ser citada en
, San Miguel; de igual forma la prueba documental que ofrezco y ahora presento son las Certificaciones de Partidas de Nacimiento mencionadas en el numeral II).-

IV) PARTE PETITORIA:
Por todo lo anterior a Usted con el mayor de los respetos PIDO:
Me admita la presente solicitud.
Me tenga por parte en el carácter en que comparezco como Apoderado General Judicial de la señora
.
En su oportunidad fije fecha para Audiencia de Sentencia, o bien, se dicte Sentencia Definitiva de pleno derecho autorizando a mi representada para que pueda vender el inmueble antes descrito propiedad de mi representada y sus menores hijos.

V) DOCUMENTOS QUE AGREGO.
.- Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial otorgado a mi favor, por la señora
;
.- Certificación de las Partidas de Nacimiento de los niños
.

Señalo para oír notificaciones la siguiente dirección:
, San Miguel, o al medio electrónico del telefax
.

San Miguel,
de noviembre del año dos mil diez.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

14 Oct 2012 20:31 #4 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: DILIGENCIAS DE UTILIDAD Y NECESIDAD DE UN MENOR??
gRACIAS hERBERTH, POR ESTE APORTE.....bendiciones mi estimado colega forista.

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.167 segundos
Gracias a Foro Kunena