¿Duda?

19 Oct 2012 15:28 #1 por Moli
¿Duda? Publicado por Moli
Recientemente tuve a la vista unas diligencias de Estado Familiar Subsidiario de nacimiento de un menor de Edad en donde la madre comparecía ante el notario en representación del hijo.
Perdonen mi ignorancia, pero yo entendia que un menor no puede comparecer ante notario y aunque sus padres son sus representantes legales, entiendo que tampoco pueden comparecer ante notario?
Quería molestarles y pedirles sus comentarios aclaratorios al respecto?

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19 Oct 2012 15:47 #2 por rafael
Respuesta de rafael sobre el tema Re: ¿Duda?
REALMENTE QUE RARO ESO QUE VIO REALMENTE QUIZA EL NOTARIO A SABIENDAS LO HIZO POR RECIBIR EL PAGO O POR IGNORANCIA EN TODO CASO ES UN ERROR EN NOTARIADO YA QUE LA LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCION VOLUNTARIA Y OTRAS DILIGENCIAS EN SU ARTICULO 2 ES CLARO QUE EN ESOS CASOS EL NOTARIO SE DEBE ABTENER DE CONOCER Y REMITIR AL JUZGADO RESPECTIVO EN ESE CASO AL JZUGADO DE FAMILIA DEL DOMICILIO DONDE NACIO LA MENOR, PERO ALGO QUE TENEMOS QUE TENER CLARO ES QUE JAMAS UN NOTARIO PUEDE DILIGENCIAS ESTADO FAMILIAR SUBSIDIARIO DE UN MENOR DE EDAD.-

RAFAEL MOLINA

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19 Oct 2012 15:48 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: ¿Duda?
:(

De acuerdo a lo establecido en el art. 16 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Règimenes Patrimoniales del Matrimonio, para que se ordene un asiento de un menor (mayor de siete años) debe mediar resoluciòn judicial.

Y las diligencias que se promueven son las reguladas en el art. 197 y art. 198 del Còdigo de Familia.

He visto diligencias que han tramitado los Notarios, compareciendo los padres como representantes legales; pero estos remiten las diligencias al Juez de Familia, y es la Sentencia pronunciada por el Juez, la que se envia al Registro para la inscripcion correspondiente.

Y las diligencias que no son remitidas al Juez, generalmente no son inscritas por el Registrador... Aùn cuando he visto algunas que han sido inscritas en el Registro del Estado Familiar, pero cuando tramitan su DUI, no lo pueden hacer porque la partida de nacimiento tiene su origen en un acto nulo...

Asì mi humilde opiniòn...:laugh:

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19 Oct 2012 15:52 #4 por rafael
Respuesta de rafael sobre el tema Re: ¿Duda?
MUY IMPORTANTE E INTERESANTE COMENTARIO LIC GRACIAS POR SIEMPRE BRINDAR SUS CONOCIMIENTO Y EXPERIENCIAS SIN TACAÑERIA LE FELICITAMOS POR ELLOS SIGA ASI Y MUCHAS GRACIAS

RAFAEL MOLINA
El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez, emelda

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19 Oct 2012 16:03 #5 por Moli
Respuesta de Moli sobre el tema Re: ¿Duda?
Pues es exactamente lo que le esta ocurriendo al joven ya que en el Duicentro no le extienden su dui, ya que su partida de nacimiento fue asentada con 1 apellido el de la madre, y luego hasta le realizan una adecuacion del nombre, agregando un apellido de uso comun.
Me parecio sumamente raro, y las diligencias estan fechadas del 2009. y la adecuacion de este año.

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19 Oct 2012 16:14 #6 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: ¿Duda?
Pues en ese caso tendra que seguirse una Nulidad de Asiento de partida de nacimiento, por haber sido otorgada ante funcionario no competente (art 16 Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y Regimenes Patrimoniales del Matrimonio)

Puede por Economìa Procesal, y ante la falta de documento de identidad del solicitante plantear en una sola solicitud la pretensiòn de establecer subsidiariamente el nacimiento.

Sugiero hacer una narraciòn en orden y separando una pretensiòn de otra...


Suerte...

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19 Oct 2012 16:40 #7 por rafael
Respuesta de rafael sobre el tema Re: ¿Duda?
lic con mucho respeto quiza depende el juzgado en el que diligenciara porque por ejemplo el juzgado de familia de zacatecoluca, departamento de la paz, son del criterio que aunque la econocmica procesal se tratade dos process autonomos y asi se debe tratar no en la misma solicitud sino primero solicitad la nulidad y luego la nueva

RAFAEL MOLINA

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