poder especial !!!

23 Oct 2012 23:50 #1 por Brenda2012
poder especial !!! Publicado por Brenda2012
hola quien me podia proporcionar un modelo de poder especial, por apoderado judicial y un modelo de una demanda de incumplimiento de cuota alimenticia ... se los agradeciria muchisimo

Feliz tarde !!!

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24 Oct 2012 15:23 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: poder especial !!!
Proceso de Incumplimiento de Sentencia :dry:

No se si me equivoco; pero si lo que se pretende es que el obligado a pagar cantidad de dinero en concepto de cuota alimenticia, CUMPLA con la obligaciòn, lo que debe promoverse es una Ejecusiòn de Sentencia:

Aqui un modelito:

REF : SSF1-876-247-05(8)

SEÑORA JUEZ PRIMERO DE FAMILIA

xxxxxxxxxxx, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Mejicanos, portadora de mi Documento Único de Identidad Numero xxxxxxxxxxx; con numero de Identificación Tributaria cero xxxxxxxxx; y Tarjeta de Identificación de Abogado Número xxxxxxxxxx, y sin ninguna de las inhabilidades para ejercer la procuración, contempladas en el Artículo sesenta y siete de la Ley Procesal Civil y Mercantil, a usted con todo respeto EXPONGO:
Que este Tribunal a su digno cargo se llevo el proceso de Alimentos, que fue promovido por la señora xxxxxxxx, quien es de cincuenta y dos años de edad, secretaria, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Numero cero dos millones seiscientos treinta y siete mil quinientos noventa y nueve - cero; con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos once mil doscientos cincuenta y siete-cero cero cuatro-cuatro, en su carácter de representante legal de su menor hija xxxxxxxxxx, quien es de once años de edad, Estudiante, y de este domicilio.
Que tal como lo compruebo con el PODER JUDICIAL ESPECIAL, otorgado a mi favor y de otros, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Once de la Ley Procesal de Familia, soy APODERADA JUDICIAL ESPECIAL, de la señora xxxxxxxxx, de generales antes mencionadas y con residencia actual en Quinta Avenida Norte casa tres-seis, de la jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, lugar donde pueden realizarse todos los estudios que consideren necesarios efectuar los profesionales del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Tribunal, y donde puede citarse a mi mandante cuando deba comparecer personalmente al mismo.-
Que con expresas instrucciones de mi mandante y actuando ella en en su calidad de representante legal de su menor hija xxxxxxxx, vengo a iniciar el incidente de EJECUSION DE SENTENCIA, de la que se pronunciará la Cámara de Familia de la Sección del Centro, en el presente proceso el día veinticinco de Junio de dos mil ocho; y por el incumplimiento por parte del demandado señor xxxxxxxx quien es mayor de edad, Arquitecto, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad número cero cero cuarenta y cuatro mil ciento veinte-ocho; quien puede ser citado y notificado en Quinta calle poniente, Número cuatro mil cincuenta y cinco, Colonia Escalón, de esta Ciudad.-
Fundamento las pretensiones en los hechos siguientes:
I.- Que como antes lo anote el día veinticinco de Junio de dos mil ocho, se pronunció sentencia, en el presente proceso, obteniéndose como resultado: a.- Modificación de la Sentencia, venida en Apelación en el punto relativo a la Cuota Alimenticia fijada a favor de la niña xxxxxx, la cual se estableció por la cantidad de TRESCIENTOS DOLARES MENSUALES, a cargo del señor xxxxxxxx. En dicha suma se incluye el valor de los CIEN DOLARES, que representa el uso de la vivienda sobre los inmuebles copropiedad del alimentante antes relacionado, por lo que el arquitecto GUERRA MACHON, aportaría en efectivo la cantidad de DOSCIENTOS DOLARES mensuales, durante el plazo de seis meses, mediante depósitos que hará a la cuenta de ahorros proporcionada por la señora xxxxxxx, en su carácter de representante legal de su menor hija xxxxxxxx. El pago de los alimentos atrasados, conforme a la cuota provisional establecida en CIENTO CINCUENTA DOLARES MENSUALES, debiendo liquidarse conforme esta en la fase respectiva. Concluido el plazo de seis meses para el uso de la vivienda, el alimentante depositara mensualmente la cantidad de TRESCIENTOS DOLARES, POR MEDIO DE DEPOSITOS EN CUENTA DE AHORROS NUMERO CERO TRES CERO CERO-UNO CUATRO NUEVE UNO SEIS UNO-SEIS, DEL BANCO AGRICOLA, S.A.,. En los meses de diciembre el señor xxxxxxxxxx, deberá aportar adicionalmente una cuota igual en concepto de aguinaldo; b.- Se confirmo la medida de protección mediante la cual se constituye como uso de vivienda familiar la porción de terreno en la que habitan la niña xxxxxxxx y su madre xxxxxxxx, como un completo del pago de la cuota alimenticia, para un período de seis meses; y c.- Se declaro sin lugar la petición de levantar la anotación preventiva de la demanda efectuada en los inmuebles copropiedad del demandado, mientras no se caucione suficientemente a criterio de la a quo, el pago de la obligación alimentaria.
II.- Que según sentencia pronunciada por este Honorable Tribunal, a las ocho horas del día diecisiete de Octubre de dos mil seis, se decreto las anotaciones preventivas, en los inmuebles propiedad del señor xxxxxx, como garantía de pago de la cuota alimenticia de la menor xxxxxxxxx, el primero de dichos inmuebles es de naturaleza rustica situado en Colonia El Milagro, Lote Número tres, inscrito bajo la Matricula Número SEIS CERO CERO SIETE CINCO SEIS CINCO SIETE -CERO CERO CERO CERO CERO; y el segundo de naturaleza urbana, situado en Colonia El Milagro, inscrito bajo la Matricula Número SEIS CERO UNO SEIS OCHO TRES CINCO OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO, ambos del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la primera Sección del Centro.
III- Que debido a que el señor xxxxxxxx, hasta la fecha ha apagado de una forma irregular la cuota alimenticia de su menor hija xxxxxxxxx, es que se solicita de conformidad a lo establecido en el Articulo ciento setenta y cinco inciso segundo de la Ley Procesal de Familia, que señale fecha y hora para celebrar audiencia especial de adecuación de modalidades para fijar la forma en que el señor xxxxxxxx, cancelará la mora que hasta la fecha tiene y que asciende a la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA DOLARES, la cual detallo por año en el cuadro que agrego al presente escrito.
IV- Que en base a la sentencia pronunciada por su digno tribunal, en la cual se decretaron las anotaciones preventivas, en los inmuebles antes relacionados en el numeral segundo del presente incidente, copropiedad del señor xxxxxxx, en un cincuenta por ciento de los mismos, es que le solicito libre oficio ordenando se Decrete Trabar Embargo en los referidos inmuebles, según a lo preceptuado en los Artículos 172 y 178, de la Ley Procesal de Familia.
Presento para ser agregados al expediente, original y copias correspondientes de los documentos siguientes, para que una vez confrontados y de resultar conformes se agreguen en legal forma:
Poder Judicial Especial, otorgado a mi favor por mi mandante de conformidad a lo establecido en el articulo once de la Ley Procesal de Familia;
Cuadro de pagos cancelados y no cancelados por el demandado señor xxxxxxx a la menor xxxxxxxxxxxx.
Copia Certificada del Estado de Cuenta existente a favor de la menor xxxxxxxx, en el BANCO AGRICOLA, S.A.; este último a efecto de probar los extremos de mis pretensiones antes apuntadas.
Copia Simple de mi Documento Único de Identidad, Número de Identificación Tributaria y Tarjeta de Abogado, a efecto de cumplir con lo establecido en el Artículo ciento veintidós del Código Tributario.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 170 y 175 de la Ley Procesal de Familia, a usted con el mismo respeto PIDO:
a.- Admitirme el presente escrito.-
b.- Tenerme por parte en el presente incidente de EJECUSION DE SENTENCIA.
c.- Señale fecha y hora para celebrar audiencia especial de adecuación de modalidades y fijar la forma en que el señor xxxxxx, cancelará la mora que hasta la fecha tiene y que ascienden a la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA DOLARES, tal y como detalle en los literales a y b del numeral tercero de este incidente.-
d.- Libre oficio ordenando trabar embargo en los referidos inmuebles propiedad del señor xxxxxxx, el primero inscrito bajo la Matricula Número SEIS CERO CERO SIETE CINCO SEIS CINCO SIETE -CERO CERO CERO CERO CERO; y el segundo inscrito bajo la Matricula Número SEIS CERO UNO SEIS OCHO TRES CINCO OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO, ambos del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la primera Sección del Centro.
e.- Finalmente y bajo la exclusiva responsabilidad de mí mandante solicito que se libre oficio a la Dirección General de Migración, de manera que restrinja la salida del país del obligado y evitar que este evada cancelar las cantidades antes anotadas.-
Señalo para oír notificaciones y citaciones tanto para mi Mandante, como mi persona xxxxxxxxxxxx.-
Asimismo comisiono a la Licenciada xxxxxxxxxxx, quién es Mayor de edad, del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones ciento ochenta y nueve mil setecientos dieciocho-siete, para que pueda retirar o presentar documentos de interés para mi mandante, así como para que pueda recibir citas y/o Notificaciones a mi nombre
San Salvador, catorce de Julio de dos mil diez.-
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

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24 Oct 2012 15:31 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: poder especial !!!
Aqui esta el poder...

NUMERO TREINTA Y CUATRO.- LIBRO DECIMO QUINTO.- PODER GENERAL JUDICIAL CON FACULTADES ESPECIALES.- En la ciudad de San Salvador, a las quince horas del dìa doce de octubre de dos mil doce.- Ante Mì xxxxxxxxxxxxxxx, Notario, de este domicilio, COMPARECE: la señora xxxxxxxxxxxxxxx quien es de cuarenta y seis años de edad, divorciada, del domicilio de Mejicanos, persona que por medio de este acto conozco e identifique por medio de su Documento Ùnico de Identidad nùmero CERO TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO – CINCO; y con Tarjeta de Identificaciòn Tributaria nùmero CERO SEISCIENTOS CATORCE – DOSCIENTOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS – CIENTO CUATRO – DOS; Y ME DICE: Que confiere PODER GENERAL JUDICIAL CON FACULTADES ESPECIALES, en cuanto derecho fuere necesario a favor de la Licenciada xxxxxxxxxxxxxx, quien es de cuarenta y dos años de edad, divorciada, del domicilio de Mejicanos, portadora de su Documento Ùnico de Identidad nùmero CERO UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA YDOS MIL NOVECIENTOS SEIS – UNO, y con Tarjeta de Identificaciòn Tributaria nùmero CERO SEISCIENTOS CATORCE – CERO SETENTA Y UN MIL SETENTA – CIENTO TREINTA Y UNO – SEIS, el cual otorga para que en su nombre y representaciòn tenga las facultades generales que le confieren el artìculo sesenta y nueve inciso primero del Còdigo Procesal Civil y Mercantil, a fin de que pueda iniciar, seguir y fenecer, es decir que abarcara todo el proceso, con sus instancias en toda clase de juicios, diligencias o cualquier otro asunto en las que pueda tener interès ya sean civil, menor cuantìa, penal, laboral, mercantil, inquilinato, de trànsito, familia, Tribunal de Servicio Civil, Corte de Cuentas de la Repùblica, Administrativos, de lo Contencioso Administrativo, gubernamental, lo relacionado con la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicciòn Voluntaria y Otras Diligencias, o de cualquier otra ìndole, desde los actos preliminares hasta la ejecusiòn, y faculta a su Apoderada para realizar vàlidamente en nombre de la otorgante todos los actos procesales comprendidos en la tramitaciòn de los procesos ante cualquie Juez, Funcionario, Tribunal u Oficina competente, segùn el caso e intervenir en todos ellos como actos o demandado o en cualquier otro concepto en todas las instancias y recursos ordinarios y extraordinarios, asì como acusar a quienes cometan delitos contra la compareciente y defenderla en caso que hubieren actos iniciales de investigaciòn en contra de ella ante la Fiscalìa General de la Repùblica, e intervenir en diligencias de conciliaciòn ante cualquier Juzgado.- La Apoderada podra sustituir el presente poder o delegarlo total o parcialmente, asì como tambien podra revocar las delegaciones totales o parciales que hubiese conferido.- En todo caso los sustitutos o los delegados ejerceràn el Poder con iguales facultades que las conferidas en este Poder o en los lìmites que sean señalados en la delegaciòn o sustituciòn.- FACULTAD ESPECIAL: Le otroga ademàs las facultades establecidas en el articulo cien y ciendo dos de la Ley Procesal de Familia.- Especialmente la faculta para que en su nombre y representaciòn pueda iniciar, seguir y fenecer el Proceso de Divorcio, en el tribunal de familia competente y en contra de xxxxxxxxxxxxxx.- La facult ademàs para que pueda conciliar, proponer formulas de arreglo, para que pueda allanarse a las pretensiones y acciones planeadas, para que pueda interponer cualquier clase de recurso, incidente o excepciòn, para que pueda recusar incluso a los profesionales del equipo multidisciplinario; Asì se expreso la compareciente a quien explique los efectos legales del presente instrumento quien me mannifesto que los entiende, comprende y por ello otorga en los tèrminos descritos; y leìdo que le hube ìntegramente todo lo escrito en un solo acto sin interrupciòn, ratifica su contenido por estar redactado conforme a sus voluntades y por ello firmamos.- DOY FE.-
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Brenda2012, Anónimo 77

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27 Oct 2012 03:01 #4 por Brenda2012
Respuesta de Brenda2012 sobre el tema Re: poder especial !!!
hola te comento que el obligado se comprometio a incrementar un 30% anual la cuota de su hijo y hasta la fecha continua pagando los 60 dolares desde 2008 ... este caso lo tenia una abogada que no siguio con el proceso y en el juzgado que tenia que volver a presentar la demanda mostrando el total adeudado en concepto de cuota alimentica de 2008 a la fecha. asi como te planteo el caso que tipo de demanda crees q debo interponer , muchas gracias

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27 Oct 2012 20:01 #5 por Brenda2012
Respuesta de Brenda2012 sobre el tema HONORARIOS
en este caso cuanto se puede cobrar en concepto de honorarios, alguna idea por favor

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28 Oct 2012 04:39 #6 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: poder especial !!!
En el caso de incumplimiento de sentencia, que explica... Cuando el obligado no incremento la cantidad de dinero se tiene que promover un incidente de ejecusión de sentencia...

Se tiene que presentar el total de la mora, en un cuadro detallando mes por mes de cada año... Y el formatito que he anexado sirve para adecuarlo al caso que plantea.

Y los honorarios dependera de la relación que se tenga con la cliente... Yo cobraría entre $300.00 y $500.00

Suerte...

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06 Nov 2012 06:15 #7 por Brenda2012
Respuesta de Brenda2012 sobre el tema Re: poder especial !!!
muchas gracias :)

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