Solicito formato de procuracion personal !!!

24 Oct 2012 04:11 #1 por Yaky 2
Es el caso que me es necesario adecuar mis apellidos ya que cuando mis padres me asentaron no constaba que mi madre habia sido reconocida y hace unos meses mi madre se dio cuenta que constaba apellido paterno y cuando le llevaba el proceso judicial de adecuacion de los apellidos de mi madre en audiencia el juez se dio cuenta que mi representada era mi madre y me hizo alusion que tenia que adecuar mis propios apellidos !!! la consulta es :si yo puedo con mi sello de abogado comparecer personalmente en un proceso judicial para adecuar mis apellidos o tengo que buscar a otro abogado ? y si yo puedo comparecer personalmente alguien me puede proporcionar un modelo o al menos la parte donde se mencionara que lo hago de manera personal .... de antemano gracias :)

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24 Oct 2012 12:17 #2 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: Solicito formato de procuracion personal !!!
Con toda seguridad te respondo que si puedes, ya que las únicas limitantes para ejercer la procuracion están expresamente señaladas en el articulo 67 del CPCYM, no obstante q la adecuación de nombre es diligencia judiciales no contenciosas, se aplica la misma disposición art 17 CPCYM, y la forma: bueno yo lo he hecho de la siguiente manera: nombre del procurador y demandante, dirección y numero de fax para recibir notificaciones ( art. 276 numerales 2 y 4 CPCYM) juan perez... Abogado,etc ...no omito manifestar su señoría que por recaer en mi persona la calidad de abogado y no serme aplicable las restricciones del art. 67 CPCYM, coadyugo en mi persona la calidad de demandante y parte material....
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky 2

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24 Oct 2012 12:21 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: Solicito formato de procuracion personal !!!
Yaky 2:

Antes se hablo de este tema...

Y efectivamente en los procesos donde uno se representa porque no tiene impedimento para ejercer procuraciòn... Se legitima la personerìa cuando se hace referencia precisamente a eso a la Legitimaciòn Procesal para actuar...

Asì en un proceso de familia: Cuando se menciona que no se esta inhabilitado para ejercer procuraciòn de acuerdo a lo establecido en el artìculo 67 del Còdigo Procesal Civil y Mercantil, vengo a iniciar proceso de xxxxxx en mi calidad personal.-

En el escrito que inicia una pretensiòn se habla en primera persona... y no se hace referencia a que viene a actuar en nombre y representaciòn de otro, sino en su calidad personal...

Suerte..
El siguiente usuario dijo gracias: mrcc, Yaky 2

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