AUDIENCIA LIBERTAD CONDICIONAL

29 Oct 2012 19:08 #1 por Lic_Balmoris
AUDIENCIA LIBERTAD CONDICIONAL Publicado por Lic_Balmoris
APRECIABLES COLEGAS, por este medio quiero agradecerles a todos aquellos que me asesoraron, con modelos de escritos y mucha orientacion para que mi cliente puedira optar a los beneficios penitenciarios, un agradecimiento especial al colega "LOS CANVAS", pues fue el que mas me oriento, ahora bien me encuentro en la fase de programacion para la audiencia la que se llevara a cabo el proximo jueves 1 de noviembre, es una audiencia esencial en donde se decidira sobre si mi patrocinado se le otorga o no la Libertad Anticipada, POR ESO ACUDO A VOSOTROS NUEVAMENTE, PARA SOLICITARLES ME ORIENTEN EN CUANTO A MI POSTURA COMO DEFENSOR Y CUALES DEBEN SER MIS ARGUMENTOS, POR FAVOR ORIENTENTE ES MI PRIMERA AUDIENCIA. DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS........

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29 Oct 2012 20:38 - 29 Oct 2012 20:39 #2 por juliojers
Respuesta de juliojers sobre el tema Re: AUDIENCIA LIBERTAD CONDICIONAL
En este caso de una forma rápida, la audiencia es como las otras en el área penal la representación fiscal expone el porque no esta de acuerdo, en algunos casos el mismo Juez de vigilancia es la que dice la Teoria Factica de los hechos, porque fue condenado, revisa los requisitos de ley del 85 penal y la Ley Penitenciaria, en fin le pregunta a Fiscalia si hay oposición y la fiscalia siempre se opone es raro el caso que no lo hace, la clave esta en los programas , en los requisitos de ley que ha cumplido, hace énfasis en los programas generales y especiales que de acuerdo a la Ley penitenciaria y en su reglamento están léelos, por ejemplo los de control a la ansiedad, violencia intrafamiliar, desarrollo de valores, pensamiento creativo y los especiales según el delito, hace referencia a como se ha reisertado según tu a la sociedad tu patrocinado, por ejemplo porque estuvo en los talleres, ya tiene un oficio que aprendió, esta preparado afrontar la sociedad, porque antes no tuvo es oportunidad,etc. y sobre todo preparalo porque a veces le preguntan acerca del arrepentimiento sobre el delito que cometió, que diga que esta arrepentido, quiere una nueva oportunidad, etc. inclusive le pueden preguntar que aprendió de algún programa o como sera su conducta afuera, que sus familiares le van a dar el apoyo, por ejemplo uno que lleve de robo agravado le dijeron que había aprendido del delito que cometió y como le habían ayudado los programas ne su vida le dije que dijera que en este caso aprendió a respetar las cosas ajenas, respetar lo que no es suyo,que ya no lo va hacer, etc. depende del delito, y en un dado caso prepárate que le den el beneficio y la representacion fiscal apele esa resolución donde le otorguen el beneficio penitenciario
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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30 Oct 2012 01:42 #3 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: AUDIENCIA LIBERTAD CONDICIONAL
Es una muy buena ilustracion que ha hecho el colega, la verdad es muy parecida a las demas, la unica diferencia es que no ofreceras prueba, ni desfila prueba, sino mas bien argumentaras con lo que ya se encuentra en el expediente judicial y el fiscal argumentara que falta algun programa, que el interno debio hacer cumplir con tal cosa, que el informe del equipo o concejo criminologico es escueto, que falta firma de algun miembro del concejo, que el interno a su parecer no cumple con los requisitos de ley para ser sujeto del beneficio penitenciario. El juez de vigilancia por regla general resume los hechos, hace referencia a los informes respectivos, a los programas etc, asi se inicia la audiencia, haz de cuenta que es una audiencia de familia, o una especie de hibrido entre una audiencia de familia y una audiencia penal, ok luego de ello, el juez puede preguntar cosas al interno sobre su vida pasada, de la comision del hecho por el que se le condeno, de lo que ha aprendido en la carcel, como de los programas, de sus expectativas de vida ante una eventual libertad condicional, que como piensa hacerlo, de las respuestas que ha dado al equipo tecnico criminologico cuando se le hizo el estudio pertinente, entonces tu trabajo consistira en asesorarle en que debe decir y que no te mire cuando responda, tu y el fiscal no interrogan, solo el juez, no hay objeciones, solo argumentaciones, tu debes hacer mencion que tu cliente ha cumplido con la mayoria o todos los programas que lo hacen merecedor de la libertad condicional y que muchos programas no los curso por ineficiencia del sistema penitenciario y que en el proceso no han sido mencionado algunos programas de los cuales tienes los respectivos diplomas por ejemplo. En conclusion debes defender tu tesis de que el interno si merece la libertad condicional, por reunir los requisitos del art.51 de la ley penitenciaria y 85 del c.pn.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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