Que tal colegas!!! filosofando me surgio una duda existencial... respecto del arrendamiento: el caso es que si una empresa obtiene en concepto de arrendamiento una casa propiedad de una persona natural, en este caso existe obligacion de pagar impuesto sobre la renta o algun otro impuesto?? y si existen, a quien le corresponderia pagarlo?
Estimado Edwin Amaya, si la empresa es la que ha tomado en arrendamiento el local o casa de habitación, es la empresa la obligada a retener el 10% en concepto de Retención de Renta.
Esto en base al Artículo 156 inciso final del Código tributario.
Resumiendo:
El obligado a Retener y mandar a pagar al Fisco es La Empresa.
Sanción: Ver artículo 246 del Código Tributario.
Estimado Edwin Amaya para abonarle a lo que ya le explico el colega eduardo herdez, dejeme comentarle que generalmente se estipula en los contratos de arrendamiento que la renta mensual del inmueble objeto del contrato sera por "x" cantidad más el impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (iva), obviamente tomando en cuenta tambien los incrementos que dicha renta sufrira durante el plazo del contrato.
Asimismo comentarle que durante la relación contractual de arrendamiento corren a cargo del arrendatario el pago de los servicios de electricidad, agua y telefono asi como de cualesquiera otros servicios que se llegaren a instalar en el inmueble.