hum... creo que la pregunta está incompleta, pero si es porque el hipotecante garantiza el crédito de un tercero, lógicamente firmará el hipotecante.
ahora bien, lo que sucede en la práctica, es que el banco o institución, en un sólo documento mete: mutuo, (contrato principal) la hipoteca abierta, (contrato accesorio)y la aceptación del crédito por parte del representante de la institución financiera
Bendiciones
si tienes razon el caso es ue un banco le esta prestanto a juana X cantidad de dinero entonces el banco tiene apoderado la pregunta es firma juana y la apoderado.
en los que yo he visto sí.
Razón.
por aquello de sometimiento a la determinada competencia jurisdiccional.
Ya que es criterio de muchos Juzgados lo siguiente:
si tanto el acreedor como el deudor no ha prorrogado la competencia territorial, se tiene que demandar en el domicilio del demandado.
Espero te sirva.
Bendiciones