Indemnizacion laboral

27 Nov 2012 22:21 #1 por Danny villa
Indemnizacion laboral Publicado por Danny villa
es una pregunta muy sencilla pero que desconozco, es posible pagar la indemnizacion, el aguinaldo o las vacaciones en especie? es decir, yo se que el salario debe pagarse en moneda de curso legal punto, pero estas prestaciones pueden ser sustituidas? o no y porque? gracias

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27 Nov 2012 22:52 #2 por jfparadaa
Respuesta de jfparadaa sobre el tema Re: Indemnizacion laboral
NO SE PUEDE PAGAR EN ESPECIA POR QUE SERIA INCONSTITUCIONAL, CONFORME AL ART. 38 INCISO 4°, por lo tanto se estaría trastocando este derecho.

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27 Nov 2012 22:57 #3 por Danny villa
Respuesta de Danny villa sobre el tema Re: Indemnizacion laboral
gracias por responder, ahora el problema es que en la ley solo hace referencia al salario no a este tipo de prestaciones y en la contitucion solo dice que son creditos privilegiados por lo que tengo la duda si esta disposicion es extensible hasta las prestaciones

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28 Nov 2012 01:12 #4 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: Indemnizacion laboral
De acuerdo a los Art. 119' 120 y 188 CT, no se puede pagar en especie ese tipo de prestaciones al trabajador.

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28 Nov 2012 04:54 #5 por Danny villa
Respuesta de Danny villa sobre el tema Re: Indemnizacion laboral
muchas gracias excelente aporte

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