sobre aceptacion de herencia

04 Dic 2012 22:50 #1 por marilu
sobre aceptacion de herencia Publicado por marilu
Buenas tardes, quisiera ayuda como solventar la siguiente situacion,
por no leer a fondo la documentacion realize una aceptacion de herencia intestada, donde solo habia un hijo, "segun me manifesto el", arreglando el libro del Notario para entregarlo a la corte el me dice que es mas de un hijo porque en la partida de defuncion aparece el nombre de otro persona con los apellidos del padre y la madre, ahora bien el noatrio me dice que debo arreglar tal situacion antes que sea entregado el libro, ya el primer hijo acepto herencia y ya esta registrado en el cnr es un bien inmueble, me podrian ayudar con algunas soluciones, de antemano. Gracias.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

04 Dic 2012 23:26 #2 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: sobre aceptacion de herencia
Sencillo consigue poder para representar a ese heredero que ha quedado por fuera y haz una ampliación de la declaratoria de herederos, pero hazlo judicialmente y con eso no tendrá ningún problema el notario

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Dic 2012 04:59 #3 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: sobre aceptacion de herencia
Dudo mucho que el notario no vaya a tener problemas, porque se entiende que él al haber tenido a la vista toda la documentación debió percatarse de que en la partida de defunción existia ese otro hijo, pues ahi se consigna el parentesco de la persona que dió los datos de su fallecimiento y quienes mas sobreviven. En teoria lo que procedía era 50% y 50% de la herencia para cada uno, segun las reglas de la sucesion intestada, y tuvo que haber tenido en cuenta lo dispuesto por el art. 1166 inciso tercero y 19 fraccion tercera, es decir al notar que existia otro heredero en la defuncion, debio exigir fianza y solicitar en caso de no rendirla el solicitante

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Dic 2012 05:18 #4 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: sobre aceptacion de herencia
Dudo mucho que el notario no vaya a tener problemas, porque se entiende que él al haber tenido a la vista toda la documentación debió percatarse de que en la partida de defunción existia ese otro hijo, pues ahi se consigna el parentesco de la persona que dió los datos de su fallecimiento y quienes mas sobreviven. En teoria lo que procedía era 50% y 50% de la herencia para cada uno, segun las reglas de la sucesion intestada, y tuvo que haber tenido en cuenta lo dispuesto por el art. 1166 inciso tercero del c.c. y 19 fraccion tercera de la ley del ejercicio notarial de la jurisdiccion voluntaria y otras diligencias, es decir al notar que existia otro heredero en la defuncion, debio exigir fianza y solicitar en caso de no rendirla el solicitante,al juez de lo civil el nombramiento de un curador que represente al heredero en las dligencias.

Con todo pienso que las soluciones solo son dos pero aún así el notario puede salir afectado

1. PROMOVER NULIDAD DEL INSTRUMENTO Y DE LA INSCRIPCION DE LA DECLARATORIA DE HEREDEROS JUDICIALMENTE, Y DE LOS TRASPASOS RESPECTIVOS Y EMPEZAR DE NUEVO POR CONTRAVENCION DE LEY.

2. PONER EN ACCION EL DERECHO DE PETICION DE HERENCIA DISPUESTO A PARTIR DE LO DISPUESTO POR EL ART. 1186 C.C.PARA QUE EL HEREDERO RECLAME LA PARTE QUE LE CORRESPONDIA EN LA HERENCIA.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

05 Dic 2012 23:47 #5 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: sobre aceptacion de herencia
Bajo ninguna circunstancia procede la nulidad del acto, por cuanto el heredero declarado tiene la legitimación necesaria para tal calidad, y recordemos que la petición de herencia es una derecho que tiene a salvo el heredero que no fue tomado en cuenta, por cuanto según lo planteado por el colega dichos bienes ( inscritos solo a nombre del heredero declarado) no han sido transferidos a terceros, en cuanto a la responsabilidad de los notarios sugiero revisar los artículos pertinentes del código civil y el CPCyM,peo el punto es que existió un error, y tu deber es pensar en soluciones..amplia la herencia vía judicial, en el cnr ya saben que solo deben hacer la redistribución del porcentaje del derecho cuando ingrese la nueva declaratoria ( o ampliación)y probablemente no tengas problemas...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.175 segundos
Gracias a Foro Kunena