ARRENDAMIENTO

06 Dic 2012 04:47 #1 por mayemoflo
ARRENDAMIENTO Publicado por mayemoflo
Hola Colegas, quisiera preguntar sobre materia de inquilinato, y el caso es el siguiente:

una señora en el 2007 interpuso una demanda de extincion de pacto de retroventa y entrega material del inmueble vendido y el 29 de noviembre del 2012, se practico el lanzamiento y entrega material del inmueble, pero resulta que los señores que vivian en la propiedad con quienes habia contratado el pacto de retroventa alquilaron parte de ella y el juez, al momento de hacer dicha practica dijo que no podia sacar al inquilino ya que la presento recibos donde pagaba las mensualidades, pero resulta que la señora que demando necesita vender la propiedad, y el inquilino dice que no se sale de casa

en este caso no hay contrato de arrendamiento,
que proceso seguir,
este caso es en Santa Tecla ¿en que tribunal se interpone la demanda?
¿cuanto se puede cobrar?
¿que presentar como prueba

Gracias colegas, por su ayuda.

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06 Dic 2012 19:38 #2 por OMAR MAURICIO
Respuesta de OMAR MAURICIO sobre el tema Re: ARRENDAMIENTO
si el dueño anterior no tenia contrato con ellos no hay una estipulacion por escrito por lo tanto no hay nada que respetar asi que puedes seguir un JUICIO DE DESALOJO en contra de los inquilinos para que demustren con titulo si es que lo tienen y si no el juez estaria obligado a lanzarlo. ahora colega no se si tienes las diligencias del juicio de extincion del pacto de retroventa la necesito yo con urgencia mi correo es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., te agredecere si me los mandas a mi correo.

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07 Dic 2012 01:12 #3 por jonh charly c.
Respuesta de jonh charly c. sobre el tema Re: ARRENDAMIENTO
debes seguir un proceso especial que se llama proceso de inquilinato art.477 y siguientes del codigo procesal civil y mercantil ahi encontraras las causas por las cuales opera la demanda y el competente a conocer de ella, donde hay juzgadoe de lo civil y mercantil ellos son los competentes a conocer si no hay el competetente es el juzgado de primera instancia

desocupacion por mora art.480
desocupacion por obra art. 481
desocupacion por ruinas art. 488

suete espero sea de tu ayuda.-

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07 Dic 2012 03:54 - 07 Dic 2012 03:55 #4 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: ARRENDAMIENTO
Es una verguenza que existan Juecez incapaces al no hacer el Lazamiento forzoso en el caso del Pacto de retorventa- Porque, en primer lugar el inqulino del inmueble que vive en el inmueble del pacto de retroventa- ya es ilegal, porque YA HAY OTRO DUEÑO-PERO BIEN AQUI HAY QUE AMARRAR EL BURRO DONDE DICEN LOS SAN JUECES..../ Te aconsejo que entables una demanda por remodelacion del inmueble.... Y ahi ese Inqulino es todo tuyo. Suerte.

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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