ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!

10 Dic 2012 23:00 #1 por James
ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!! Publicado por James
¿A partir de que cantidad se debe cancelar el Impuesto sobre Transferencia de bienes raíces? y ¿cuál fórmula debo aplicar para saber cuanto debo cancelar en concepto del mismo impuesto?

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

11 Dic 2012 00:40 #2 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Anda un programita por ahí.. Pero te lo voy a explicar como lo aprendí yo en la universidad.. Hasta 250000 colones o sea 28,571. 43 dólares, hasta esa cantidad esta exento, lo que sobre pasa esa cantidad lo multiplicas por el tres por ciento o 0.03, eso te dará la cantidad a pagar, por ejemplo 50000 dólares, le restamos los 28571.43 ( 250000 colones) nos da... 21428.57 a esta cantidad q es el exceso de los (28571.43) multiplicala por el tres por ciento o sea 21428.57 x 3 por ciento 642. 86 esto es la cantidad a pagar..
El siguiente usuario dijo gracias: Margueta9828, Hernandez007

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

11 Dic 2012 01:08 #3 por James
Respuesta de James sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Muchas Gracias colega, necesitaba la información, buscaré el programa en las descargas de softwares, me ha ayudado bastante, ante una nueva duda, preguntaré nuevamente.
Feliz Noche.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

11 Dic 2012 01:43 #4 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Para eso estamos..

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

11 Dic 2012 19:54 #5 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Buenas Tardes...

En la pagina del CNR, tambien hay una tabla para calcular el pago que debe hacerse... Se digita el tipo de proyecto, el tipo de documento, el valor; y hay un botòn donde dice calcular... Con todos los datos completos y ya aparece cuanto es lo que se debe pagar de derecho en el CNR.

:laugh:

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

12 Dic 2012 04:15 #6 por Opinión
Respuesta de Opinión sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
De acuerdo con lo expresado por los colegas! el programita es solamente para derechos de registro. Ya no se llama Alcabala sino Impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces y mejor no te lo pudo explicar el colega Herbert.
El siguiente usuario dijo gracias: Hernandez007

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

12 Dic 2012 10:40 #7 por cordobias
Respuesta de cordobias sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!

Heberth escribió: Anda un programita por ahí.. Pero te lo voy a explicar como lo aprendí yo en la universidad.. Hasta 250000 colones o sea 28,571. 43 dólares, hasta esa cantidad esta exento, lo que sobre pasa esa cantidad lo multiplicas por el tres por ciento o 0.03, eso te dará la cantidad a pagar, por ejemplo 50000 dólares, le restamos los 28571.43 ( 250000 colones) nos da... 21428.57 a esta cantidad q es el exceso de los (28571.43) multiplicala por el tres por ciento o sea 21428.57 x 3 por ciento 642. 86 esto es la cantidad a pagar..


El Aporte de Herberth, es correcto, solo que para el calculo del impuesto a la transferencia de bienes raices no existe programa, pero si, es correcta la formula proporcionada.
Feliz día

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

12 Dic 2012 16:09 #8 por Clash
Respuesta de Clash sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Recomendacion al resultado que te de en la operacion, aproximalo a un centavo adicional, ya que algunas veces en el registro ellos realizan el calculo y detienen el documento por ese complemento.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

12 Dic 2012 18:20 #9 por James
Respuesta de James sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Gracias por su recomendación colega "clash" es muy valiosa la sugerencia, ya que no vale la pena que por un centavo se pierda tiempo en el CNR por subsanar el problemita.

De igual manera, GRACIAS A LOS DEMÁS COLEGAS QUE ME AYUDARON A RESOLVER EL PROBLEMA DEL IMPUESTO.

Muchas gracias

Feliz día a todos.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

12 Dic 2012 23:43 #10 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Solo una aclaración colegas, cuando yo hice referencia a un " programita" lo hice con conocimiento de causa, en la zona de descarga, específicamente en el área de derecho notarial, busquen un archivo de nombre" tabla para el calculo del impuesto sobre la transferencia de bienes raíces", y lo encontraran, fue subido el 6 de diciembre d este año por el colega joshlock... Si existe, pero soy de la opinión q es mejor saber la formula a " pie" y no lo subo yo por que estoy desde el celular y no puedo cargarlo...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

13 Dic 2012 00:08 #11 por cordobias
Respuesta de cordobias sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Tiene toda la razón Herberth, efectivamente está la hoja de cálculo que contiene una formula, en la que facilmente se puede calcular el impuesto en referencia.
Bendiciones

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

13 Dic 2012 01:15 #12 por James
Respuesta de James sobre el tema Re: ALCABALA, AYUDA POR FAVOR!!!!
Es bueno que se haya aclarado el mal entendido, y sí, es cierto que existe el archivo Excel, y lo descargué el mismo día que el colega me brindó la información.

También soy del criterio que es indispensable saber la formula "a pie".

Nuevamente muchas gracias a todos.

Pasen un feliz día.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.239 segundos
Gracias a Foro Kunena