Ayuda!!

14 Dic 2012 21:55 - 14 Dic 2012 21:57 #1 por Armando Constante
Ayuda!! Publicado por Armando Constante
Quisiera saber quien me puede ayudar. Me han llevado una documentación donde están siguiendo un juicio ejecutivo contra la deudora y dos fiadores y codeudores solidarios, uno de esos codeudores solidarios es mi cliente y bueno he visto la documentación y todo parece estar bien... Le han dado 10 días a mi cliente para contestar la demanda.. ¿que puedo contestar? ¿que me recomiendan hacer?? GRACIAS.

Debo de aclarar que la deudora se perdió y no le encuentran bienes y ya le trabaron embargo a mi cliente...

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16 Dic 2012 00:35 #2 por Armando Constante
Respuesta de Armando Constante sobre el tema Re: Ayuda!!
Alguien??

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16 Dic 2012 01:42 - 16 Dic 2012 01:56 #3 por Pasante
Respuesta de Pasante sobre el tema Re: Ayuda!!
Lo que debes hacer es contestar la demanda basándote en el Art. 464 CPCM y siguientes.

Art. 464.- Sin perjuicio de lo establecido en otras leyes serán admisibles en el proceso ejecutivo los siguientes motivos de oposición:
1. Solución o Pago efectivo.
2. Pluspetición, prescripción o caducidad.
3. No cumplir el título ejecutivo los requisitos legales.
4. Quita, espera o pacto o promesa de no pedir.
5. Transacción.
En este enlace alguien mas consulto como contestar una demanda mercantil.
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16 Dic 2012 01:45 #4 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: Ayuda!!
Buenas noches, mira las causas de oposición son puntuales Oposición a la ejecución. Motivos
Art. 579.- Si el ejecutado compareciere dentro de los cinco días siguientes al de la notificación del despacho de la ejecución, podrá formular, mediante escrito, oposición a la ejecución, por falta de carácter o calidad del ejecutante o del ejecutado, o de representación de los mismos; por falta de requisitos legales en el título; por el pago o cumplimiento de la obligación, justificado documentalmente; por haber prescrito la pretensión de ejecución; o por la transacción o acuerdo de las partes que consten en instrumento público.
 tu cliente no esta en ninguna, por que el responde solidariamente, es decir, que desgraciadamente debe pagar, por que de eso se trata precisamente la figura del co deudor solidario y si no mira esta disposición Art. 568.- Si se trata de obligaciones solidarias, la ejecución podrá dirigirse contra cualquiera de los deudores solidarios, siempre que figure expresamente como condenado en el título que se pretende ejecutar por haber sido parte en el proceso en que se dictó la sentencia.
Sin embargo aquí entra la figura de la subrogación, es decir, el con el documento ejecutivo q existe en su contra, debe pedirle certificación del mismo al juez y perseguir a su vez al deudor principal o al resto de co deudores, es lo único que se me ocurre...aaa y podrán decir q le cite disposiciones de la ejecución forzosa, y q el proceso aun esta en la etapa cognocitiva,,pero le aseguro q parta allá va... colega suerte.. Y disculpe la falta de atención a su interrogante.. 
El siguiente usuario dijo gracias: Armando Constante

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16 Dic 2012 01:57 #5 por Armando Constante
Respuesta de Armando Constante sobre el tema Re: Ayuda!!
Gracias amigo Herbert, en este caso tu recomendarías que mejor no conteste la demanda? pues no le beneficia en mayor cosa?

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16 Dic 2012 02:17 #6 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: Ayuda!!
De ninguna manera yo recomendaría eso, al parecer no me exprese bien y me disculpo por eso, efectivamente el consejo dado por la lic sanchez ( y me disculpa si no es del sexo bello, pero me da la impresión que si..) Debes contestar la demanda planteando uno de los motivos del 464, lo mas recomendable es establecer una forma de pago, lo que yo t quise decir es que no te quitas el golpe del pago, no obstante de existir mas co deudores, pero si debes contestar la demanda, solicitando una forma de arreglo o pago q es la q mas le conviene a tu cliente y después se subroga el pago... Hable cn su cliente, expliquele en que consiste la figura del co deudor solidario y que entienda q desgraciadamente, debe pagar, pero planteele o empiece a hacer estudios sobre la situación económica del resto de co deudores. Y la posibilidad que tiene de poder recuperar por lo menos la parte en la que se debía dividir la obligación entre todos....

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