MATERIA NOTARIAL.-

28 Dic 2012 04:20 #1 por RUBI ALEXANDRA
MATERIA NOTARIAL.- Publicado por RUBI ALEXANDRA
Hola colegas, que sucede cuando un Libro de Protocolo se ha agotado; pero aun no ha vencido;) , como debe de presentarse a la Sección del Notariado???:silly: a parte del indice, y legajo de anexos si es que hay, y la nota de cierre.-- debo presentar todos los testimonios??? debo empastar el Libro o solo en folder las hojas sueltas del protocolo, porque este me lo devuelven despues de revisado, para poder extender testimonio a quienes me lo soliciten durante el lapso de vigencia, mi pregunta es cómo debo de presentarlo??? y si ya debo llevar empastados los testimonios de la Corte??? Ok colegas quedo a la espera de sus amables y oportunos aportes

EL CIELO ES EL LIMITE

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

28 Dic 2012 06:33 #2 por LIC.ERICK
Respuesta de LIC.ERICK sobre el tema Re: MATERIA NOTARIAL.-
Si no te ha vencido el protocolo puedes solicitar más folios...
revisa esto: "LEY DEL NOTARIADO"
Art. 20.- Cuando las hojas legalizadas con que se deba formar un libro de protocolo no alcanzaren para terminar un instrumento ya comenzado en ellas, el notario podrá agregar las hojas de papel sellado del mismo valor que fueren necesarias para la terminación de dicho instrumento, debiendo presentar en este caso el libro ya formado, al funcionario respectivo, dentro de los cinco días siguientes a la fecha del otorgamiento. El funcionario las legalizará
si fuere procedente, dejando constancia del número de la emisión y de toma de razón de las hojas agregadas, en el libro de entregas correspondiente.
Art. 21.- Siempre que se agoten las hojas de un libro de protocolo o que termine el año de su
vigencia, el notario lo cerrará con una razón que indique el número de hojas de que se compone, de las utilizadas o si lo han sido todas de los instrumentos autorizados, el lugar y fecha del cierre, firmándola y sellándola. Queda autorizado el notario para agregar una hoja adicional para consignar esta razón. Si el notario no hubiere utilizado su protocolo, estará obligado a poner la razón de cierre, haciendo constar esta circunstancia.
El notario agregará a cada libro de protocolo, un índice en el cual expresará por orden de fecha, los instrumentos autorizados, los nombres de los otorgante y los folios en que se encuentran. LOS
NÚMEROS DE LAS ESCRITURAS CERRADAS O SIN EFECTO QUE HUBIEREN SIDO SUSPENDIDAS, SE
INCLUIRÁN EN EL ÍNDICE.
Art. 22.- Cuando el Notario presente el libro de protocolo que llevare, sea para obtener nuevas hojas, para legalizar las que hubiere agregado en caso de terminación de un instrumento, o para que se le autorice un nuevo libro, aquél le será devuelto, salvo si ya hubiere transcurrido el término para su entrega a los funcionarios respectivos.
Art. 23.- ....!!!!!!!!!!!!!!! LEER.-
El siguiente usuario dijo gracias: RUBI ALEXANDRA

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

28 Dic 2012 16:36 #3 por jpra10
Respuesta de jpra10 sobre el tema Re: MATERIA NOTARIAL.-
mira colega. te explico la experiencia de mis libros de protocolo, cuando se te agota una vez tu lo llevas bien revisado lo presentas al Tribunal Civil, en mi caso al 1° de Lo Civil en San Miguel, me le dan una revisada y me dan la autorizacion para comprar hojas para otro libro, una vez tengo en mis manos el nueve libro ya trabajando ultimo los detalles de los anexos y lo entrejo. porsupuesto el índice lo presentas desde el principio para su revisión, te lo devuelven el libro para que lo arregles lo empastes y ya.-
El siguiente usuario dijo gracias: RUBI ALEXANDRA

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.206 segundos
Gracias a Foro Kunena