OPINIONES

06 Ene 2013 21:45 #1 por Anónimo 77
OPINIONES Publicado por Anónimo 77
Señores que piensan al respecto se debe pagar impuesto a la transferencia de bienes raíces ( en caso de pasar de los 250000 colones) por la tradición de legado, tomando en cuenta el artículo uno de la ley en referencia... Espero sus aportes

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07 Ene 2013 00:42 - 07 Ene 2013 00:43 #2 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: OPINIONES
Muy buena pregunta mi estimado Herberth, si bien es cierto que los actos y contratos son bilaterales, uno vende y el otro compra( hablando en buen salvadoreño)hay un negocio juridico!!!- Pero en el punto que TU PLANTEAS NO- NO EXISTE NEGOCIO Y ADEMAS ES UN ACTO UNILATERAL DEL CAUSANTE AL LEGATARIO- no existe un negocio, por decirlo asi- SOLO EXISTE UNA TRADICION DE LEGADO- NO SE DEBE DE PAGAR EL IMPUESTO DE TRANSFERENCIA DE BIENES; AUNQUE EXCEDA DE LA CANTIDAD DE 250 000.
- Aqui el hunico perjudicado seria el Estado al no percibier el 3% del mencionado impuesto si excedira de la cantridan antes dicha.
Así mi opinion humildemente.Saludes amigo y muchas bendiciones!!!

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: Anónimo 77

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07 Ene 2013 01:05 - 07 Ene 2013 01:09 #3 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: OPINIONES
Mi opinión es que no se paga el impuesto a partir de lo que establece el art. 1 de la ley ....

HECHO GENERADOR Art. 1.- "Se grava la transferencia de bienes raíces, por acto entre vivos... "'Por lo cual esta fuera del hecho generador el causante y el legataria, pues en este caso el heredero es un intermediario y ejecutor que cumple la voluntad del causante.
El siguiente usuario dijo gracias: Anónimo 77

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