INTERES LEGAL AYUDA

17 Ene 2013 15:55 #1 por Diana
INTERES LEGAL AYUDA Publicado por Diana
NECESITO LA BASE LEGAL DEL INTERES LEGAL PARA LOS TITULOS VALORES.- GRACIAS

Diana Montes

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17 Ene 2013 17:39 #2 por el jefe
Respuesta de el jefe sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
anteriormente en otro tema similar, se habia escrito al respecto, sobre el interes legal civil, mercantil y su base legal, espero que le sirva, le dejo la direccion:


www.elsalvadorlex.org/index.php?option=c...7682&Itemid=98#27682

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17 Ene 2013 18:05 #3 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
Aun con el comentario me he quedado con dudas respecto del interes legal mercantil pues segun el articulo 960 inciso segundo del c. comercio ese interes legal lo fijará la secretaria de economía, pero con la redacción no me resulta si ya lo hizo o es variable, intente entrar a la pagina de la secretaria de economia a buscar informacion al respecto, pero veo que esa pagina no es tan dinámica para encontrar esa información, asi que lo mejor es comunicarse por telefono y saber como ha quedado, pues yo sabia que el interes legal mercantil era del 12 por ciento, pero con las reformas al c. comercio ese asunto a quedado a facultad discrecional de la secretaria de economia.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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17 Ene 2013 22:02 #4 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
nO EXISTE INTERES LEGAL EN TITULOS VALORES; esto solo se aplica cuando hay una sentencia de CONDENA A PAGAR LA DEUDA y el Juzgador pone el famoso interes legal en base al ART.19964 INC.2º Codigo C.

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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18 Ene 2013 17:23 #5 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
Si existe, y debe existir, sino el pacto o la convencion dejaria de ser oneroso, lo que no esta claro es como ha quedado reglado, pues se desconoce como lo determina la secreteria de economia.

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18 Ene 2013 17:58 - 18 Ene 2013 18:01 #6 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
NO encuentro que por ley se tenga que aplicar determinado interes a los titulos valores, lo que si contempla el C. Comercio es un interes mímino para regular ciertos casos o en situaciones donde las partes no los hayan estipulado.

cito algunos casos:

Art. 54. En las sociedades de personas todos los socios pueden obtener su retiro en los siguientes
casos:

I- Si la sociedad, a pesar de tener utilidades que lo permitan, acuerda no repartir un
beneficio igual, cuando menos al interés legal del total del capital y reservas de la
sociedad durante dos ejercicios consecutivos .

Art. 56.- En los casos de exclusión o separación de un socio, excepto en las sociedades de capital
variable, la sociedad podrá retener la parte de capital y utilidades de aquél, hasta concluir las operaciones pendientes al tiempo de la exclusión o separación, debiendo hacerse entonces la liquidación del haber social que le corresponda.
El plazo de retención no podrá ser superior a dos años; pero si el socio excluido o retirado es
substituido por otro se hará inmediatamente la liquidación y pago de su cuota.
Las cantidades retenidas devengarán el interés legal, salvo pacto en contrario.

Art. 677.- Los bonos u obligaciones negociables son títulos valores representativos de la
participación individual de sus tenedores, en un crédito colectivo a cargo del emisor.
Art. 682.- No podrá pactarse que los bonos sean amortizados mediante sorteos por una suma
superior a su valor nominal, o con primas o premios, sino cuando el interés que haya de pagarse a todos los tenedores sea superior al tipo de interés legal.

Art. 768.- El último tenedor de la letra podrá reclamar de la persona contra quien deduzca la acción cambiaria.
I- El importe de la letra.
II- Intereses moratorios al tipo legal, desde el día del vencimiento.
III- Los gastos del protesto y demás legítimos.
IV- El premio del cambio entre la plaza en que debería haberse pagado la letra y la plaza
en que se haga efectiva, más los gastos de situación.
Si la letra no estuviere vencida, de su importe se deducirá el descuento, calculado al tipo de interés legal

Art. 1183.- El tomador reembolsará sin demora al dador, la cantidad recibida. Si no lo hiciere,
podrá exigírsele con el interés legal y al cambio corriente en la plaza en que se hizo el pago, sobre el lugar en que se verifique el reembolso.

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18 Ene 2013 18:04 #7 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
986 del codigo de comercio, antes de la reforma de 2008 decia que el interes legal era el 12 por ciento, y respecto del interes legal civil es 6 por ciento, que aun sigue en el C.Civil.

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18 Ene 2013 18:10 #8 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
Rectifico este es el articulo.
Art. 960.- El deudor moroso deberá pagar el interés pactado y en su defecto el legal como indemnización por la mora. Cuando la obligación tuviere por objeto cosa cierta y determinada, o determinable, el interés se calculará sobre el valor de la cosa. Este valor se determinará, salvo convenio, por el precio que tuviere en plaza el día del vencimiento, o por su cotización en bolsa, y, en defecto de ambos, por peritos.

El interés legal en materia mercantil será fijado periódicamente por la Secretaría de Economía.

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El siguiente usuario dijo gracias: hell

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18 Ene 2013 22:08 #9 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
Siguiendo con el tema del foro, EXISTE O NO EXISTE!!!- el interes legal???

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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18 Ene 2013 22:23 #10 por Abhogado
Respuesta de Abhogado sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
El interés legal es del 12% en materia mercantil y 6% en materia civil, que si la secretaria lo debe fijar periódicamente eso es otra cosa... todos sabemos del mal que padecen las entidades de gobierno.

Si no veamos el actuar del Consejo Nacional del Salario Minimo...

No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto

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18 Ene 2013 22:40 #11 por Abhogado
Respuesta de Abhogado sobre el tema Re: INTERES LEGAL AYUDA
El interés legal en materia mercantil fue fijado por acuerdo publicado en el diario oficial, y el ministerio de economía lo fijo en un 12% anual.

Ahora bien el articulo 960 del Código de Comercio establece "el interés legal en materia mercantil será fijado periódicamente por la secretaria de economía"... En ningún caso establece que ha quedado derogado el acuerdo celebrado el 13 de diciembre de 1983, y por ende aun continua vigente dicho acuerdo.

También en mi apreciar el 12% de interés legal es parte de las costumbres y la costumbre son fuente de ley, por ende aunque la secretaria de economía no haya fijado dicho interés legal, eso no quiere decir que no exista, de igual forma tampoco quiere decir que el 12% ha quedado sin efecto, este interés aun continua vigente, y por el momento es para mi el interes legal en materia mercantil, salvo que la secretaria de economía fije uno diferente y este haya sido publicado en el Diario Oficial.


Saludos

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