Sala ordena crear ley para indemnizar por renuncia
Diputado de ARENA dice están dispuestos a legislar sobre la Ley de indemnización universal.
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Yolanda Magaña
Sábado 2, febrero 2013 | 12:00 am
La Comisión de Trabajo tiene cuatro proyectos del tema. /DEM
La Comisión de Trabajo tiene cuatro proyectos del tema. /DEM
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró ayer inconstitucional la omisión de la Asamblea Legislativa en regular la indemnización a los trabajadores en caso de renuncia voluntaria.
Los magistrados dan a la Asamblea hasta el 31 de diciembre de 2013 para aprobar una ley que regule de forma “clara, precisa, organizada y sistemática” las condiciones en que los patronos estarán obligados a pagar un monto a los trabajadores que renuncien.
Esa obligación se encuentra en el artículo 38 ordinal 12 de la Constitución de la República: indica que la ley determinará las condiciones bajo las cuales los patronos estarán obligados a pagar a sus trabajadores permanentes, que renuncien a su trabajo, un monto proporcional a salarios y tiempo de servicio.
La Constitución lo ordena desde hace 29 años.
La sentencia fue firmada por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y la suplente Celina Escolán. El magistrado Salomón Padilla, presidente de la Corte, no se encuentra en el país.
Actualmente, la indemnización por renuncia no es regulada, ni en el Código de Trabajo, ni en otra ley secundaria, ausencia que es reconocida por la Asamblea Legislativa, en la opinión que envió a la Sala de lo Constitucional.
Sostiene que no hay omisión porque la Constitución no establece ningún plazo para emitir la ley. También, que había inestabilidad laboral porque el país se encontraba en una guerra civil que duró 12 años cuando la Constitución de 1983 entró en vigor.
La Asamblea reportó que ya tiene en estudio cuatro expedientes con proyectos de “Ley de indemnización universal”. La Sala desestimó todas las justificaciones y consideró que la ausencia de esta normativa es una laguna que debe ser llenada y que la misma Asamblea Legislativa reconoce que los frenos que obstaculizaban la aprobación de una ley en guerra civil han desaparecido en la actualidad.
“Debe desestimarse el alegado con que el Legislativo ha pretendido justificar su comportamiento omisivo”, reza la sentencia.
Un largo estudio
Según la versión que la Asamblea envió a la Sala, otra razón del atraso es que el Ministerio de Trabajo de ese entonces consideró adecuado hacer estudios económicos, mercantiles y sobre alza de costos de producción. Después de ese estudio, la Asamblea recibió tres anteproyectos más.
Según la Sala, no consta que la Asamblea haya tomado en cuenta “siquiera las recomendaciones y opiniones del Ministerio de Trabajo”.
El presidente actual de la Comisión de Trabajo, David Reyes, de ARENA, aseguró que éste no ha sido un tema que se ha discutido, al menos durante su gestión, que inició en mayo de 2012.
El diputado aseguró que aún no han sido notificados pero aseguró que, si la Sala ha dictaminado que hay que legislar, “hay que hacerlo y antes que se venza el plazo que se ha establecido”. “Estamos dispuestos a legislar”, dijo el diputado de ARENA.
ATRASOS EN LA ASAMBLEA
• Han transcurrido 12 años desde que se introdujo el primer proyecto de Ley de indemnización universal.
• El último proyecto fue introducido hace siete años a la Asamblea Legislativa.
ARGUMENTOS
• Uno de los argumentos de la Asamblea para justificar el atraso es la guerra civil de 12 años que generó inestabilidad laboral.
• También sostienen que el Ministerio de Trabajo haría un estudio sobre los efectos y posibilidades de esa ley.
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