INHABILITADO PUENTE

20 Mar 2013 20:33 #1 por Pol
INHABILITADO PUENTE Publicado por Pol
ESPERO SU AYUDA POR FAVOR... SUCEDE QUE A MI HEMANA LA HAN BUSCADO PARA QUE SOLICITE SUBSIDIARIO DE NACIMIENTO DE HIJA, Y COMO ESTA DE VIAJE, LOS CLIENTES SE HAN APERSONADO, Y QUIEREN LA DEVOLUCION DE LOS DOCUMENTOS A MAS TARDAR EL VIERNES, PERO MI HERMANA, ME HA INDICADO QUE VENDRA HASTA EL 3 DE ABRIL 2013, Y SIS PUEDO HACER ALGO, HE PRESENTADO ESTE DIA 20/3/13 LA SOLICITUD, Y EN RECEPTORIA, HE VISTO EL CAMBIO DE LAS CARAS DE LAS SEÑORAS, PUES ME CONOCEN COMO APODERADO DE OTRA INSTITUCION GUBERNAMENTAL, LO QUE SE ESTA HACIENDO ES PRESENTAR SOLICITUD Y CUANDO ELLA REGRESE SE ME SUSTITUIRA, YO PREGUNTO, TENDRE PROBLEMAS DE INHABILITACIÓN, O NO ME ADMITIRAN EL ESCRITO, LO QUE QUIERO ES SALVAR LA SITUACION.. QUE ME ACONSEJAN???? TENGO TEMOS POR EL ARTICULO 67 DEL CPCM. "empleado a tiempo completo", espero opiniones y consejos...

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20 Mar 2013 22:16 #2 por RafaAlfaro
Respuesta de RafaAlfaro sobre el tema Re: INHABILITADO PUENTE
Creo que como es una diligencia, no tendra contraparte que se pueda oponer, entonces es bueno que "haya salvado la situación"; y para evitar problemas si es buena la idea que se sustituya luego el poder en persona que no tenga inhabilidades.

:)

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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20 Mar 2013 23:16 #3 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: INHABILITADO PUENTE
Una opinión muy personal, considero q cuando el artículo 67 exige la postulacion obligatoria para " los procesos" incluyo también las diligencias judiciales ( ver los comentarios del código explicado versión 2011) y parto de un hecho sencillo y es la razón de exigir q esa postulacion recaiga sobre un abogado, entonces los abogados q estamos limitados por el 67 no podemos ser postulados bajo ninguna circunstancia, excepto las q expresamente nos da la ley, de tal forma q esa solicitud tiene un vicio de nulidad, recuerda q los actos prohibidos por la ley son nulos y de ninguna valor artículo 10 C.C,y pero con suerte nadie lo notará, pero en serio le recomiendo tener mas cuidado...y recuerda que parti diciendo q esta era una opinión muy personal y por ende no esta escrita en piedra, estaré pendiente de cualquier otra q disienta con la mía, para cambiar de opinión si es el caso, saludos..

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21 Mar 2013 02:00 #4 por Opinión
Respuesta de Opinión sobre el tema Re: INHABILITADO PUENTE
Yo me encuentro muy de acuerdo con el colega Herbert. Hay que tener cuidado con ello, no vale la pena arriesgarse por poco.

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21 Mar 2013 14:01 #5 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: INHABILITADO PUENTE

RafaAlfaro escribió: Creo que como es una diligencia, no tendra contraparte que se pueda oponer, entonces es bueno que "haya salvado la situación"; y para evitar problemas si es buena la idea que se sustituya luego el poder en persona que no tenga inhabilidades.

:)


mmmmmm¡¡¡¡ Si es tal como se plantea y se hizo para "salvar la situaciòn", comparto lo dicho por el forista RafaAlfaro.

Pero como han dicho ademàs en este tipo de acciones hay que ser muy cuidadosos; y en el caso en particular hay que asegurarse que las diligencias sean concluidas por persona que no se encuentre inhabilitada...

Suerte...

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17 May 2013 00:06 #6 por Pol
Respuesta de Pol sobre el tema Re: INHABILITADO PUENTE
Se le agradece a RafaAlfaro, a Heberth, a Opinión y a NVramirez, por los buenos consejos y criticas sanas, LAS DILIGENCIAS SE SALVARON, ME SUSTITUYERON Y SE DIO LA AUDIENCIAS... POR SU PUESTO QUE SE TUVO CUIDADO EN TODO, SE LOS PROMETO NO VOLVERE A PASAR ESA ANGUSTIA---- NO VALE LA PENA

ALTAMENTE AGRADECIDO CON USTEDES

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