en el caso de una escritura matriz de permuta y uno de los otorgantes sea sordomudo, es necesario un interprete de lenguaje especializado y qe este elabore un minuta tal como lo establece el art. 32 ord. 2 LN? y qe ademas sea asistido de dos testigos de conocimiento, como lo plantea el art. 34 LN???? y ademas sin perder de vista que en la razon final esta sea leida por el sorodmudo, art. 32 ord. 11 LN???