Retroactividad de las leyes registrales

07 Abr 2013 04:24 #1 por meritor
Tengo una duda, unas personas por el año 1990 titularon con el ISTA una parcela, nunca la inscribieron, perdieron el título en el 1998 con el Mitch, ahora solicitan al ISTA la reposición del título (No se pidió testimonio a la Corte porque en esa fecha el ISTA daba título no por vía de notario sino por medio de unos libros que firmaba el Presidente de ISTA y del cual no remitía testimonio a la Corte); pero ISTA dice que no pueden reponer el título porque este en la actualidad no es inscribible por haberse derogado la ley con la cual se otorgó el título y ahora se encuentra vigente una ley en donde los títulos se dan por compraventas por medio de notario previo plano realizado.
Entonces me surge una interrogante, ellos cuando titularon siguieron todas las de la ley; pero cometieron el error de no inscribir. Bajo la lógica del ISTA se pierde el valor del título por cambiar el procedimiento. Caso contrario si es inscribible los registradores ¿tienen que hacer la calificación con la ley vigente al momento de otorgarse el título o con las leyes actuales vigentes? Porque conociendo a los del CNR cuando se lleve un título que no fue otorgado por Notario pueden poner el grito en el cielo. ¿Las leyes registrales actuales tienen efecto retroactivo sobre títulos que no fueron inscritos y que fueron otorgados con anteriores formalidades? ¿Qué opciones tienen esas personas?

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07 Abr 2013 16:18 #2 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: Retroactividad de las leyes registrales
De tu interrogante hay que separar dos situaciones distintas. Una es el derecho adquirido y el otro es el título que ampara ese derecho. Me parece que la derogatoria de la ley que mencionas no modifica el derecho que ya tiene la persona, y en consecuencia lo que ha modificado es la emisión o formalización del título que hoy es ante notario. Si la derogatoria no puede modificar el derecho adquirido por la persona, y teniendo un documento un título o no inscribible es obligación de ISTA regularizar esta situación y precisamente eso es lo que están haciendo con más 37 mil títulos que han entregado. Si esos son los argumentos de ISTA me parecen bien débiles y debería tu cliente agotar todas instancias administrativas en dicha instrucción.
En cuanto a los efectos de las leyes y dentro de ellas las registrales es un principio que ellas solo surten efecto hacia el futuro, salvo declaración expresa.

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07 Abr 2013 18:17 #3 por markantony
Respuesta de markantony sobre el tema Re: Retroactividad de las leyes registrales
En todo caso si esos titulos ya no son inscribibles, estos servirian como prueba para acudir ante notario a elaborar la Escritura, por lo tanto si el Ista no lo repone por lo menos que otorgue una costancia para probar la pocesion.

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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