Estoy llevando un proceso de Diligencias subsidiarias de nacimiento, pero me doy cuenta que en la demanda establecí mal el nacimiento de la interesada, por error claro...Como hago para corregir??..lo hago en audiencia o como...Ayudaa...!!!
En el tipo de diligencias se aplica tambien lo establecido en el art. 43 de la Ley Procesal de Familia.
Sugiero que se presente un escrito lo antes posible, subsanando el error, y no esperar hasta la audiencia; porque algunos jueces, son muy ritualistas y pueden cuestionar porque no se subsano cuando se verifico el error.
Imagino que la fecha de nacimiento esta amparada en algùn documento: plantares, fe de bautizmo, declaraciòn jurada de partera; lo màs probable entonces es que prevengan.
Es sencillo, redacta (no una nueva demanda) simplemente un escrito donde señalas que por un error involuntario, se consignó erroneamente la fecha de nacimiento o algún otro dato establecido en la demanda presentada en hora y fecha tal... con las mismas formalidades y flores que se le ponen a una demanda, y que PIDES al juez, que te admita el escrito y con eso basta. Y sería una forma como subsanes un error de forma sin necesidad de que el juez te prevenga.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...