violencia intrafamiliar

25 Abr 2013 00:34 #1 por nemesis-osiris
violencia intrafamiliar Publicado por nemesis-osiris
buenas noches estimados colegas por favor quisieran describir como se desarrolla la audiencia de sentencia en los casos de violencia intrafamiliar ya que nunca e estado en una y no se cual es el orden y la participación gracias de ante mano

a.e.r.a

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25 Abr 2013 00:57 #2 por maggy
Respuesta de maggy sobre el tema Re: violencia intrafamiliar
hola buenas noches, yo he estado presente en una audiencia, ,e inmagino que ha devariar un pokito en cada juzgado, pero bueno en primer lugar se lee la denuncia de violencia interpuesta por el demandante a lo cual se le pregunta al demandado si acepta lo dicho en ella, luego se procede a presentar los testigos del demandante y luego del demandado, se analiza la prueba que se realiza en medicina legal si existen lesiones, luego a ello se procede a dar la sentencia el juez en base a la prueba presentada y se les da la prolongacion desde 6 meses hasta un ano de las medidas de proteccion a favor de la victima ademas de remitirlos al caps donde les dan ayuda psicologica a ambas partes, espero le sirva de ayuda colega, bendiciones :)
El siguiente usuario dijo gracias: nemesis-osiris

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25 Abr 2013 10:17 #3 por nemesis-osiris
Respuesta de nemesis-osiris sobre el tema Re: violencia intrafamiliar
muchas gracias colega pero y nuestra participación solo seria en la presentación de la prueba y poder apelar seria nuestra participación gracias y disculpe la molestia

a.e.r.a

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25 Abr 2013 13:46 #4 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: violencia intrafamiliar
No, tu participación va a ser más activa dependiendo del tipo de prueba que presenten y de la forma en que se debata por la parte contraria la idoneidad de la misma. Recuerda que la parte contraria intentará desvirtuarla, recuerda que sobre todo, los testigos que lleves o presentes no saben ni conocen el derecho, pero tu si, por ello previamente los deberás haber preparado, incluso si no presentas y eres la contraparte puedes prepararte imaginando lo que puedieran decir o no decir, y de ahí estudiar posibles alegatos para orientar la decisión del juez; no olvides que el desarrollo de esta audiencia es Oral. Saludos y Bendiciones.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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25 Abr 2013 15:10 #5 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: violencia intrafamiliar
Le expongo algunos datos para que los considere.

Este tipo de proceso puede resolverse en la audiencia preliminar o llegar hasta la audiencia pública.
En principio la audiencia preliminar tiene como objeto el conocimiento inicial de los hechos por parte del juzgador, pero en la misma y de acuerdo a los hechos, al comportamiento de las partes puede terminar el proceso. Sin embargo sino hubiera allanamiento y los hechos requieren pruebas puede pasarse a la siguiente audiencia.
Es obligación la comparecencia de la victima y el acusado y podrán o no hacerse acompañar por abogados. En la audiencia preliminar la victima podrá reafirmar, ampliar, modificar los hechos de la denuncia inicial. El denunciado expone sus propias valoraciones, argumentos y defensa sobre los hechos, puede rechazarlos o allanarse. Art. 26
El juez hace sus propias consideraciones y expone los efectos nocivos de la violencia intrafamiliar, y propondrá mecanismos, medidas cautelares para evitar que los hechos se repitan. Advierte al denunciado las consecuencias penales que pueden derivarse de tales hechos.
Como resultado de esa audiencia y de acuerdo a los hechos, pruebas y compromisos de las partes, puede el juez tener por establecido los hechos constitutivos de la violencia intrafamiliar denunciados; atribuir la responsabilidad al denunciado; decretar las medidas de protección; imponer a la parte agresora el pago a la victima el daño emergente, como servicios de salud, gastos en medicamentos, y demás gastos; imponer al agresor tratamiento psicológico o psiquiátrico, asistencia a terapias etc.
Si el denunciado no se allana o los hechos requieran prueba, se señalará audiencia para recibirla, dentro del cual se practicará la inspección y la investigación social o cualquier otra diligencia. En la audiencia pública se recibirá en forma oral la declaración de los testigos y demás pruebas. Se evalúan los estudios de los trabajadores sociales y dictamines de los peritos.
“Para la celebración de la audiencia preliminar, será necesario tener los exámenes ordenados, excepcionalmente se podrá celebrar la misma sin éstos. “

“En caso de no existir allanamiento, en esta audiencia se prevendrá a la víctima que mencione o amplíe la prueba que pretende hacer valer, (si no lo hizo en la denuncia), de igual manera se procederá con la parte denunciada, lo que no obsta que pueda ofrecerse aún en audiencia pública, siempre y cuando esta misma oportunidad se le brinde a la parte contraria, procediendo a su recepción.”

“En casos excepcionales, si no se previno sobre este punto y la parte desea presentar prueba, podrá suspenderse la audiencia pública y se brindará la oportunidad para recibirla. Esto se justifica porque en estas diligencias no se requiere procuración obligatoria. Cuando una de las partes este representada por abogado/a o por la Procuraduría General de la República, deberá también nombrarse apoderado de oficio a la otra parte, respetando el principio de igualdad procesal.” (Manual de aplicación de la Ley de Violencia Intrafamiliar)
El siguiente usuario dijo gracias: bibito87

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