Contrato de Trabajo para Seguridad Privada ???????

25 Abr 2013 15:56 #1 por Miriammca
Hola Colegas:

quería saber si alguien tiene un modelo de contrato individual de trabajo para seguridad privada; pues tengo el caso de unos agentes de seguridad privada que trabajan jornadas de 24 h sin que se les paguen las horas nocturnas y descanzan dos días.
si alguien me ayudar como armar todo esto y que a criterios de ministerio de trabajo funcione le solicito su colaboración.
saludes

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

25 Abr 2013 16:45 #2 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema Re: Contrato de Trabajo para Seguridad Privada ???????
Pues para comenzar, las clausulas del contrato de trabajo deben ser conforme al Codigo de Trabajo, pueden ser clausulas que den mas derechos pero en ningun caso que coarten derechos o los disminuyan.

Si lee el codigo de trabajo vera que la jornada diurna es de ocho horas y que establece un maximo de horas extras que se pueden laborar, por tanto en el contrato no podra poner (y si lo hace tal contrato en caso de controversia judicial no tendra validez alguna en lo relativo a dicha clausula) que alguien va a trabajar 24 horas y que no se van a considerar extras, y que a cambio le va a dar de descanso dos dias.

Yo he realizado contratos de agentes de seguridad, y le he explicado al patrono que no se puede poner en el contrato el horario real ya que va contra la ley y que por ley se deben pagar horas extras, al final el patrono me ha dicho que hagamos el contrato conforme a la ley y que a los agentes el les explicara verbalmente que la jornada laboral es distinta (aqui ya como abogado sali de la responsabilidad de advertirle de las obligaciones que como patrono le competen).

Entonces no ponga que la jornada va a ser de 24 horas ni mucho menos que no van a haber horas extras, sino que hagalo conforme a la ley (si hace lo contrario en el ministerio de trabajo no se lo van a admitir y si se lo admiten, despues cuando el patrono tenga una demanda laboral ya tiene las de perder porque con la copia del contrato registrada en el ministerio lo van a conforntar, y de ahi para donde se va a hacer, que va a alegar.

Este caso que usted plantea es uno en el cual, las autoridades del ministerio de trabajo se hacen las del ojo pacho, porque cuando uno lleva los contratos bien saben que se esta mintiendo, ya que las jornadas de los vigilantes son extensisimas, no les pagan horas extras y los hacen trabajar en muchos casos 24 horas (que ser humano aguanta tales condiciones de trabajo y por cuanto tiempo), sin embargo con tal que en el papel se diga lo contrario ellos no se meten.


En conclusion digale al patrono las obligaciones que tiene y que haga el contrato conforme a la ley, y ya si en la practica se dan otras condiciones de trabajo, pues es bajo su riesgo las consecuencias que de ello se deriven (y agregandole el comentario que todas las empresas de seguridad hacen lo de los turnos de 24 horas sin pagar horas extras y que hasta ahora nadie esta preso por eso, ojala que el no vaya a ser el primero), recuerde que uno como abogado aconseja nada mas, y es el cliente el que decide.

Pero Julio Cesar no lo vio.
El siguiente usuario dijo gracias: atenea_83

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.154 segundos
Gracias a Foro Kunena