HOla amigos tengo un caso de cesacion de la cuota alementicia donde ambos hojos son mayores de edad y la hembra se encuentra embarazada y el otro hijo abandono sus estudios universitarios, pero es el caso que no existe proceso en el juzgado de cuota alimenticia si no que el fue condenado a pagar dicha cuota en un Proceso de Violencia intra familiar a gradecere su ayuda
Si fue en proceso de violencia intrafamiliar que se impuso la cuota alimenticia, debió haber sido en un juzgado de familia o de paz quienes en estos proceso efectivamente dentro de las medidas de protección pueden imponer la obligación de proporcionar alimentos, art. 20 y 7 de dicha ley.
La cesación de alimentos se tiene que plantear de acuerdo a los art. 270 y 211 FM. Se debe de demandar al a los alimentantes y presentar la prueba documental y testifical respectiva para acreditar que efectivamente los hechos planteados son constitutivos para aprobar la obligación cesación de alimentos.