NUMERO UNO. En la Ciudad de
a las dieciséis horas y quince minutos del día cuatro del mes de julio del año dos mil
Ante Mí
Notario, de este domicilio, comparecen los señores
-, de cuarenta y cinco años de edad, Empleado;
, de cuarenta y un años de edad, Empleado, ambos del domicilio de San Miguel, personas a quienes no conozco pero identifico en legal forma al primero por medio de su Documento Único de Identidad número:
, y el segundo por medio de su pasaporte número: cero veintisiete mil dieciocho.- Y ME DICEN: I) Que el primero es dueño y actual poseedor de un vehículo de las características siguientes: TIPO: Camioneta; MARCA: Isuzu; AÑO: Mil novecientos ochenta y ocho; COLOR: Negro; COMBUSTIBLE: Gasolina; NUMERO DE PLACA: P once mil trescientos cincuenta y tres; datos según Tarjeta de Circulación que original me presenta, Mueble que se estima en la cantidad de CUARENTA MIL COLONES EXACTOS.- II) El segundo de los otorgantes es dueño de otro vehículo de las características siguientes: CLASE: Pick Up; MARCA: Datsum; AÑO: Mil novecientos ochenta y nueve; COLOR: Rojo; COMBUSTIBLE: Gasolina; NUMERO DE PLACA: P treinta y ocho mil cuarenta y dos; datos según Tarjeta de Circulación que original me presenta; valorado en la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL COLONES EXACTOS.- III) Por medio de esta escritura PERMUTAN los referidos muebles, pactando además: Que se hará la tradición de los mismos dándose por recibidos los derechos que a cada uno de ellos se les transfiere hasta el día doce de diciembre del corriente año. Que si pasados dos meses uno de los otorgantes no cumpliere lo pactado, el otro otorgante podrá pedir la resolución del contrato. Que ninguno está obligado al saneamiento de los vicios ocultos de los vehículos.- Así se expresaron los comparecientes, a quienes les explique los efectos legales del presente instrumento, y leído que les hube íntegramente todo lo escrito en un solo acto sin interrupción ratifican su contenido y firmamos. DOY FE.-