Tengo un cliente salvadoreño que quiere formular su testamento, él tiene bienes inmuebles en El Salvador y Guatemala. Surtirá efecto en Guatemala el testamento otorgado en nuestro país?
Artículo 146. La capacidad para disponer por testamento se regula por la ley personal del testador.
Artículo 152. La capacidad para suceder por testamento o sin él se regula por la ley personal del heredero o legatario
En todo caso el el heredero testamentario salvadoreño lo que hará valer en
Guatemala es la declaratoria de heredero, para poder disponer de dichos bienes.
Así que en el caso que planteas no hay problema que tenga bienes en otro país.